Por que...?

"...Porque los Ciudadanos incorporados a cumplir el S.M.O. eran utilizados en los golpes de Estado... En contra del Pueblo....Porque educamos a nuestros Hijos para el Amor y no para la guerra... Porque creemos que una verdadera Democracia no necesita de leyes lesivas para los Ciudadanos...Porque fueron miles los colimbas que murieron al pasar por los cuarteles....Que no se institucionalice la muerte, que esta no sea "Obligatoria"


Derogación del Servicio Militar Obligatorio.



Sumamos adhesiones, para derogar la Ley de la Colimba, Nunca Mas....!!!!



Si consideras que el Servicio Militar Obligatorio fue utilizado en contra de los Ciudadanos.....

Si no estas de acuerdo, como Ciudadano, de ser usado en la deshonrosa acción de someter a otro Ciudadano.....

Si crees que "hacer la colimba" no justifica, ser victima de la humillación, la vejación, el insulto, los golpes, la desaparición, la tortura y la muerte.....

Si tenes el "valor" para hacer Patria de mil formas diferentes y para ello no hace falta la "subordinación".....

Si entendes que no se necesita de la Milicia, para "hacerse hombre".....

Si no queres a tu Hijo con secuelas psíquicas, físicas o muerto, por cumplir con la Ley 17.531.....





Entonces..... Manda un mail y sumá tu adhesión a:




derogacionsmo@gmail.com




Convocantes Adherentes.




Programa Radial “La Voz de los Colimbas”

Comisión Campo de Mayo.

Servicio de Paz y Justicia S.E.R.P.A.J.

Centro de Estudios Legales y Sociales C.E.L.S.

Asamblea Permanente por los Derechos Humanos.

Asamblea Permanente por los DDHH La Matanza.

Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos M.E.D.H.

Dirección de DDHH Municipalidad San Miguel.

Dirección de Derechos Humanos Municipio de José C. Paz.

Dirección de Derechos Humanos de Moreno.

Consejo Derechos Humanos de Avellaneda.

Comisión Memoria Barrio La Manuelita de San Miguel.

Agencia de Noticias “La Paco Urondo”

Centro de Militares para la Democracia Argentina. C.E.M.I.D.A.

Liga Argentina por los Derechos del Hombre.

Memoria Derechos Humanos y Solidaridad. M.E.D.E.H.S. Goya Corrientes.

Espacio Político Proyecto Comunidad.

Colectivo Memoria Militante.

Partido Humanista.

Programa Radial “Promoviendo al Cambio”

Equipo Coordinación Internacional Federación de Partidos Humanistas.

Espacio Recuperado por Trabajadores Cooperativa Hotel Bauen.

Programa Radial. "Por las Dudas"

San Carlos de Bariloche Río Negro. FM 90.3 "Gente de Radio"

Parana E. Ríos. FM 91.3 San Agustin "La Hora de los Ex Conscriptos"

Asociación Mutual Seis de Noviembre San Miguel.

El Grito de los Excluidos de Argentina.

Agrupación John William Cooke San Miguel.

Pagina de Periodismo Virtual "Te Escracho Ya".

Agrupación Memoria y Justicia Almagro.

Radio Comunitaria FM 94.5 Rebelde 9 de Julio.

Corriente Política y Social "La Colectiva"


Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto.

Colectivo para la Diversidad.

Red por la Identidad Esquel Chubut.

Regional Paraguay. H.I.J.O.S.

Corriente de Liberación Nacional. KOLINA.

Asociación Civil Moreno por la Memoria.

Memorias de la Tierra

Legisladora Porteña FPV. Maria Rachid.

Abogado Periodista Militante. Pablo Llonto.

Cineasta Documentalista. Marcelo Goyeneche.

Directora de DDHH Legislatura Porteña. Patricia Walsh.

Periodista La Voz de las Madres. Julio Cesar Ciccone.

Profesora Licenciada en Historia. Elsa Bruzzone.

Secretario General CEMIDA Coronel ® José Luís García.

Frente Opositor al Servicio Militar Obligatorio. Fernando Portillo.

Presidente APDH La Matanza. Pablo Pimentel.

Diagramador Despedido de Clarín. Aníbal Ces.

Familiar Colimba Desaparecido. Sara Steimberg.

Familiar Colimba Desaparecido. Familia Palermo.

Familiar Colimba Desaparecido. Ana García.

Familiar Colimba Desaparecido. Graciela Eder.

Familiar Colimba Desaparecido. Alicia Vattino.

Familiar Colimba Desaparecido. Maria Emma Papetti.

Familiar Colimba Desaparecido. Balbina Alvarez de Weber.

Familiar Colimba Desaparecido. Oscar García Buela.

Familiar Colimba Desaparecido. Beatriz Zatylny.

Familiar Colimba Desaparecido. Juan Carlos Gargaglione.

Familiar Colimba Asesinado. Sara Fricker.

Familiar Colimba Desaparecido. Graciela Monzón.

Familiar Colimba Desaparecido. Hugo Parente.

Familiar Colimba Desaparecido. Familia Bedne.

Familiar Colimba Desaparecido Madre Pza. de Mayo. Haydee Gastelú Buela.

Familiar Colimba Desaparecido. Teresa Martinez Lagrava.

Familiar Colimba Desaparecido. Maria de las Mercedes Martinez Lagrava.

Familiar Colimba Desaparecido. Margarita Martinez Lagrava.

Familiar Colimba Secuestrado y Asesinado. Monica Genes.

Familiar Colimba Desaparecido. Dolores Esther Lassalle.

Familiar Colimba Secuestrado y Desaparecido. Maria Francisca Fernandez de Coltzau.

Familiar Colimba Desaparecido. Sebastian Suarez.

Familiar Colimba Desaparecido. Maria Ostrosñuk

Familiar Colimba Desaparecido. Irma "Ita" Thomas Molina.

Familiar Colimba Desaparecido. Familia Peralta.

Familiar Colimba Desaparecido. Cecilia Mazzetti.

Familiar Colimba Desaparecido. Viviana Della Siega.

Familiar Colimba Desaparecido. Graciela Ledo.

Familiar Colimba Asesinado Nadalutti. Giselle Marino.

Familiar Soldado Voluntario c/secuelas por abusos. Maria del Pilar Tinant.

Militante por DDHH. Julia Cassano D`Andrea Mohr.

Periodista Poeta Escritora. Stella Calloni.

Asoc.Ex Colimbas "Ayawire" La Matanza.

Asoc.Ex Conscriptos Paraná Entre Ríos.

Asoc.Ex Conscriptos Unidos Concordia E.Ríos.

Asoc.Ex Soldados Goya, Corrientes.

Asoc.Ex Conscriptos Las Colinas Esteban Echeverria.

Asoc.Ex Conscriptos Partido de Lincoln.

Asoc.Ex Conscriptos de San Miguel del Monte.

Asoc.Ex Conscriptos Almirante Brown.

Asoc.Ex Conscriptos de Las Flores.

Asoc.Ex Conscriptos Veteranos del Beagle. La Pampa.

Centro Ex Combatientes Islas Malvinas. C.E.C.I.M. La Plata.

Abogado, Ex Detenido, Pedro Velazquez Ibarra.

Ex Colimba Testimonió Juicio Bussi. Domingo Gerez.

Ex Colimba Testimonió ante la Justicia. Aníbal Gomez.

Escritor Periodista Militante. Osvaldo Bayer.

Periodista Radial/Escrito Mar del Plata. Antonio Diez.

Periodista Pagina 12. Diego Martinez.

Periodista Viedma. Eduardo Varela.

Periodista Escritora Ex Detenida. Miriam Lewin.

Abogado Ex Detenido. Carlos Aurelio Bozzi.

Legisladora Porteña FPV Gabriela Alegre.

Director DDHH San Miguel. Boris Casanova.

Licenciada en Comunicación. Angie Medina.

Profesor Fotógrafo Militante. Alejandro Ahuerma.

Escritora Historiadora. Lucia Mercado.

Periodista Militante de Ramallo. Fernando Latrille.

Abogada DDHH. Mirtha Mántaras.

Madre Plaza de Mayo LF. Enriqueta Maroni.

Sobreviviente Escritora Profesora. Alicia Partnoy.

Veterano de Guerra No Reconocido. Ariel Butman.

Ciudadana Militante. Mónica Graciela Capra.

Licenciada en Sociología. Gabriela Karen Ferro.

Periodista Gualeguaychú E.Ríos. Fabián Magnotta.

Ciudadano Músico Docente. Gustavo Lahitte.

Militante Mamá del "Negrito" Avellaneda. Iris Pereyra de Avellaneda.

Familiar "Negrito". Marcos Avellaneda.

Partido Comunista. Cecilia Mariel Ratovicius.

Periodista. Gustavo Martín Cano.

Comisión por la Memoria la Verdad y la Justicia. Adriana Taboada.

Familiares de Det. Desaparecidos por Razones Políticas. Lita Boitano.

Actor Director Ex Colimba. Daniel Fanego.

Diputado Nacional FPV. Horacio Pietragalla Corti.

Abogado Ex Colimba. Horacio Verstraeten.

Ciudadano Militante Ex Colimba. Rubén Belondi.

Ciudadano. Omar Carballo.

Escritor Guionista Periodista. Guillermo Saccomanno.

Cineasta Documentalista. Laureano Ladislao Gutiérrez.

Profesora de Historia y Militante. Maria Eva Capra.

Jubilado y Ex Colimba. Hugo Salerno.

Profesora Universitaria Economía. Maria de los Ángeles Córdoba.

Investigador CONICET. Dr. Rolando Silla.

Antropóloga. Dra. Eva Beatriz Ocampo.

Ciudadano. Miguel Ángel Moreno.

Antropóloga Social. Dra. Andrea Mastrangelo.

Relaciones Internacionales. Mile Josipovich.

Militante Ex Colimba Fundador Ayawire. Carlos Antonio Retamar.

Antropóloga. Dra. Cynthia Pizarro.

Ex Detenido. Antonio Leiva.

Periodista Página 12. Adrián Pérez.

Abogado Ex Conscripto. Raúl Sánchez Alberti.

Profesor Ex Colimba. Miguel Bigiatti.

Ciudadana Militante. Antonia Basse.

Ex Futbolista Militante. Victor "Bichi" Paredes.

Ciudadano Ex Colimba. Juan Alfieri.

Periodista Revista "El Guardián" Pablo Corso.

Equipo de Antropología Política y Jurídica. Dr. Santiago Garaño.

Militante por DDHH Ex Colimba. Ricardo Aredez.

Militante Docente. Silvia Cisare.

Antropólogo Prof. Historia. Alexis Papazian.

Diputado Nacional PS. Roy Cortina.

Ciudadana. Alejandra Gonzalez Dematine.

Profesor Universitario. José Maria Cuesta.

Ciudadano. Alfredo Mustafa.

Ciudadana Militante Psicóloga. Diana Cruces.

Ciudadano Militante y Obrero. Eduardo Fernández Basordi.

Antropóloga Hija de Desaparecidos. Maria Alejandra Esponda.

Antropólogo CONICET. Juan Carlos Radovich.

Militante Ex Presa Política. Mirta Emilce Sgro.

Antropóloga Jurídica. Maria José Sarrabayrouse Oliveira.

Ciudadana Docente. Silvia Cisare.

Medica Infectologa. Dra. Gabriela Piovano.

Ex Detenido Desaparecido Vesubio Empresario. Jorge Wats.

Productor Audiovisual Ex Preso Político. Daniel Cabezas.

Ciudadana. Gilda Mariela Rodriguez.

Ciudadano. Gustavo D. Lapasset.

Militante Familiar Desaparecido. Julio Morresi.

Profesor Universidad Tres de Febrero. Hector Cortina.

Artesana Instituto Universitario Nacional de Arte. Graciela Cabrera Ravazzani.

Periodista Militante. Gustavo De Marinis.

Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos. Pastor Dr. Arturo Blatezky.

Abogado Ex Secretario DDHH Corrientes. Pablo Andrés Vassel.

Ciudadano Militante. Hugo Rodas.

Ciudadano Militante. Leonardo Codina.

Militante Comisión Campo de Mayo. Antonio Fernandez.

Estudiante de Comunicación Social y Periodismo. Diego Lopez.

Comisión Memoria La Manuelita. Rolando Arrúa.

Militante Partido Humanista. Jorge D`Alesio.

Agrupación Musical. Sonora Insurgente.

Musico. Hernan Hueza.

Periodista Escritor Nuevo Humanismo. Luis Ammann.

Asociación de Familiares y Amigos de Desaparecidos de E. Ríos. Gustavo Alfredo Piérola.

Centro de Atención a Victimas de Violaciones de DDHH. Florencia de Lezica.

Ciudadana Militante Derechos Humanos. Raquel Pik.

Comisión Nicolas Casullo. Mabel Maidana.

Actor Director Cine Teatro. Norman Briski.

Asoc.Ex Trabajadores y Fliares de Desaparecidos de Mercedes Benz Argentina. Hugo Crosatto.

Ciudadana Militante Docente. Blanca Dieguez.

Investigador Universidad Nacional del Litoral. Roberto Pozzo.

Ex Preso Politico. Arturo Piccoli.

Ciudadano Militante Ex Colimba. Mario Cecato.

Corriente Tito Deleroni Ex Consejal. Carlos Puricelli.

Abogado en Causas de Lesa Humanidad. Rodolfo Yanzon.

Militante Deportista. Martín Sharples.

Deportista Periodista. Norberto "Ruso" Verea.

Cantautora Militante. Teresa Parodi.

Militante Político Intendente Bragado. Aldo San Pedro.

Militante por la Vida y los DDHH. Graciela Fernández Meijide.

Miembro Fundadora de A.P.D.H. Susana Perez Gallart.

Profesora Miembro Directivo APDH. Ines Izaguirre.

Periodista Militante. Paula Pimentel.

Veterano de Guerra Torturado en Malvinas. Silvio Katz.

Ciudadana. Verónica Filippo.

Militante Política Arquitecta. Miriam Mato.

Ciudadano Militante. Jorge Aita.

Ex Colimba Músico Psicólogo Licenciado. Jaime Epstein.

Maestría en Historia. Fabián Dominguez.

Familiar Desaparecido Abogado DDHH. David Arnaldo Leiva.

Medico Escritor Militante. Abel Bohoslavsky.

Ingeniero. Carlos Vaca.

Defensor DDHH Periodista Escritor. Herman Schiller.

Diputada Nacional PS. Alcira Argumedo.

Ciudadana. Gloria Lofeudo Venanzi.

Ciudadano. Luis Oscar Venanzi.

Abogado Escribano Ministro de la Suprema Corte de Justicia. Eugenio Raúl Zaffaroni.

Madre de Plaza de Mayo. Carmen Ramiro de Guede.

Escritor Recopilador. Bernardo Alberte.

Ciudadano.Sergio Venanzi.

Ingeniera Industrial. Ana Egan.

Asociación Ex Detenidos Desaparecidos. Enrique Fukman.

Ex Secuestrado Desaparecido de la ESMA. Carlos Lordkipanidse.

Ciudadano. Ernesto Pradial Bayo.

Familiar Secuestrado Desaparecido. Florencia Maria de Lezica.

Militante Escritor Periodista. Eduardo Anguita.

Ciudadano Ex Colimba. Alberto "Beto" Pinto.

Ciudadano Ex Colimba. Sergio Ubaldo Caballero.

Ciudadano Ex Colimba. Oscar Mendoza.

Secretario Derechos Humanos Avellaneda. Claudio Yacoy.

Ciudadano Ex Colimba. Luis Abraham Daboul.

Ciudadano Ex Colimba. Abelardo Romero.

Ciudadano Ex Colimba. Hugo Diaz.

Ciudadano Ex Colimba. Wenceslao Gonzalvez.

Ciudadano Ex Colimba. Gerardo Daniel Serfas.

Música Cantante. Claudia Puyó.

Embajador UNASUR Abogado Escritor Periodista. Rodolfo Mattarollo.

Periodista Militante. Adelina "Mona" Moncalvillo.

Abogado Defensor Derechos Humanos. Carlos Slepoy.

Abogada Defensora Derechos Humanos. Lucila Puyol.

Abogado Defensor Derechos Humanos Miembro APDH. Julio Ernesto Moreau.

Periodista Investigador. Marcos Taire.

Docente Ex Secuestrada. Silvia Bucci.

Escritor Militante Político Periodista. Eduardo Jozami.

Ex Diputada Nacional Militante Política. Cecilia "Checha" Merchán.

Ex Senador Nacional. Nicolas Fernandez.

Sec.Ejecutivo Comisión Pcial. por la Memoria. Alejandro Mosquero.

APDH Matanza. Alexis Medina.

Obispo Metodista Copresidente APDH. Aldo Etchegoyen.

Director Grl. Comite contra la Tortura-Comisión Pcial. por la Memoria. Roberto Cipriano Garcia.

Psicologa. Estela Maidac.

Antropologa Cineasta. Mariana Arruti.

Militante Periodista. Jorge Lewinger.

Subsecretaría de Promoción de Derechos Humanos. Marita Perceval.

Prof. Universitaria de Historia Investigadora CONICET. Hilda Sabato.

Operadora de Cambio Social. Monica Teresa Bringas.

Ex Objetor de Conciencia Familiar Desaparecido. Gustavo Saladino.

Veterano de Guerra Sobreviviente Crucero Grl. Belgrano. Fabian Carral.

Artista Plástico. Marcos Pampillón.

Licenciado en Informática. Carlos Sarraute.

Militante de la Izquierda Peronista. Alejandro A. Salvagno Olmedo.

Estudiante U.B.A. Francisco Javier Bagnasco.

Naturista. Federico Espinosa Vidal.

Ciudadano. Hernan Ruiz.

Empleado Público. Eduardo Daghero.

Empleado Publico. Franco Fabian Garcia.

Secretario General La Campora. Diputado Nacional. Andres Larroque.

Docente SUTEBA. Angel Gatica.

Intendente de San Miguel. Joaquin de la Torre.

Docente SUTEBA. Silvia Cancilieri.

Secretaria de Cultura SUTEBA. Graciela Rodriguez.

Rector Universidad Nac. Gral. Sarmiento. Eduardo Rinesi.

Liga Argentina por los Derechos del Hombre. José Schulman.

Diputado Nacional. Pte. Comisión de DDHH y Garantías de la HCD. Remo Carlotto.

Fotógrafo Documentalista. Carlos Ernesto Mamud.

Psiquiatra Psicologo Periodista Actor. Alfredo Grande.

Sociólogo Militante por DDHH. Adrian Martinez Moreira.

Profesora de Historia Militante por DDHH. Graciela Rojana.

Mamá de Maxi Tasca Victima de Gatillo Fácil. Silvia Irigaray.

Abogado Escritor y Político Uruguayo. Oscar Lopez Goldaracena.

Ex Colimba Testimoniante en Crímenes de Lesa Humanidad. Jose Luis Aguas.

Profesora de Educación Especial. Zulema Kogan.

Amiga de La Voz de los Colimbas en Facebook. Mariel Montiel.

Psicóloga Filósofa. Mabel Darnet.

Ciudadana Docente. Mariana Barroso Lelouche.

CEC Tres Arroyos Ex Colimba c/48. Carlos Alberto Barroso.

Directora Productora Guionista. Lita Stantic.

Escritor Psicólogo. Carlos Chernov.

Ciudadano. Silvio Esteban Canteros.

Programador Informático. Ricardo Martín Pizarro.

Periodista Político. Claudio Morgado.

Secretaría de Derechos Humanos de KOLINA. Victoria Montenegro.

Socióloga Legisladora. Delia Bisutti.

Prensa y Comunicación SUTEBA. Elisa Semino.

Abogado Ex Fiscal Federal Militante por DDHH. Hugo Cañon.

Ex Colimba Clase 63. Claudio Raul Storino.

Ciudadano Estudiante. José Gabriel Cuadrado.

Militante Docente. Tamara Daniela Cuadrado.

Ex Colimba Testimoniante ante la Justicia y Militante. Gustavo Monforte.

Actriz Escritora Ambientalista. Katja Alemann.

Ciudadana Empleada. Guadalupe Belkis Sorbellini.

Ciudadano Fotógrafo. Jorge Anichini.

Ciudadana Docente. Mirna Cettour.

Licenciada en Historiadora y Ciencias Sociales. Silvia Lilian Ferro.

Ciudadana Docente. Nanci Lopez.

Ciudadana Empleada. Liliana Amestoy.

Ciudadana Docente. Luisa Mazzetti.

Ciudadana Jubilada. Vilma Bonetto.

Periodista Escritora. Noemi Ciollaro.

Ciudadana Jubilada. Dulce Monteleone.

Ciudadana Docente. Claudia Correa.

Ciudadana Ama de Casa. Marcela Rolfi.

Ciudadana Jubilada. Helena Kaufman.

Ciudadana Empleada. Maria Dolores Canca.

Ciudadano Militante. Sabastian Suarez.

Ciudadana Docente. Liliana Hernandez.

Escritor Profesor Licenciado en Letras. Osvaldo Valli.

Ciudadana Jubilado. Carlos Barragan.

Familiar Desaparecido. Laura Elena Tasada.

Artista Plástico Profesor de EEUU. Brian Carlson.

Militante por Derechos Humanos. Graciela Lescano.

Familiar Desaparecido. Alejandra Sluzky.

Abogada Ex Fiscal Federal. Mabel Colalongo.

Periodista "Prensa ContraPunto" Santiago Camuña.

Abogada por Derechos Humanos. Sonia Casale.

Legislador por la Ciudad de Buenos Aires. Alejandro Bodart.

Hijo de Desaparecido Escritor Periodista. Mariano Sluzky.

Militante Periodista. Horacio Arrea.

Encuentro por la Memoria, Verdad y Justicia de Berazategui. Monica Paz.

Abogada Militante. Marta Briceño.

Ciudadano Ex Colimba. Oscar Angel Schiavo.

Docente Universitario Coordinador CESS. Alejandro Ernesto Asciutto.

Artista Profesor. Ricardo Hirschfeldt.

Traductora Profesora Militante. Graciela Leonor Berton.

Profesor de Artes Marciales. Jose Maria Chandia.

Teniente de Fragata (R) Julio Cesar Urien.

Medico Legista Militante. Pedro Roque Farran.

Profesor Militante. Jorge Roberto Beghé.

Periodista Pampeano. Raúl Giménez.

Abogado Liga por los Derechos del Hombre. Luis Zapiola.

Militante DDHH Ex Detenida Política. Isabel Cerruti.

Militante DDHH. Ricardo Poggio.

Ciudadano contra el SMO. Diego Sebastian Mattesz.

Ciudadano Músico. Ramiro Gustavo Pereyra.

Ciudadano. Juan Bautista Alvarez.

Ciudadana. Natalia Silvina Alvarez.

Ciudadano. Diego Hernan Duarte.

Escritor y Periodista Independiente. Cesar Fuente Rodriguez.

Ensayista y Docente. Sandra Gasparini.

Profesor. Carlos A. Mendez Thort.

Ciudadana. Rosa Vazquez.

Ciudadano. Daniel Magno.

Estudiante Universitario. Jonathan Roberto Abramovich.

Licenciada. Dolores Naon.

Militante Psicólogo Antropólogo. Jorge Pinedo.

Ciudadana Psicóloga. Elizabeth Nahum.

Periodista Escritor Militante. Hernan Invernizzi.

Músico. Hernan Mariano Leiva.

Centro Investigaciones Populares Movimiento Evita La Plata. Maria Soledad Oyuela.

Ciudadana Estudiante. Daiana Estefania Alonso.

Poeta. Jose Luis "Jotaele" Andrade.

Veterano de Guerra No Reconocido. Gerardo Possetto.

Cantautor. Christian Javier "Tuco" Alderete.

Licenciada en Psicología. Susana Cristina Brardinelli.

Estudiante. Adrian Verstraeten.

Comisión por la Memoria de Avellaneda. Aldana Lorena Galeano.

Secuestrado y Torturado cuando hacía el SMO. Alvaro Ruiz Moreno.

Farmacéutica. Maria Mercedes Añaños.

Militante Maestra. Claudia Raquel Abraham.

Investigadora Universidad Tres de Febrero. Marta Bermudez.

Veterano de Guerra No Reconocido. Marcelo Alonso.

Ciudadano Licenciado. Alejandro Zuy.

Militante. Paul Marcelo Melendi.

Veterano de Guerra Documentalista. Rodolfo Ivan Caminos Lopez.

Actor Cine y Teatro. Jorge Ochoa.

Actriz Cine y Teatro. Mirta Busnelli.

Actor Director. Gustavo Garzón.

Productora Radial. Eda Mabel Zanetta.

Dirigente Gremial. Fernando Bojorge.

Sociólogo Periodista. Daniel Rosso.

Docente Universitario Historiador. Jorge Perea.

Escritor Músico Periodista. Ramón Chao Rego.

Psicóloga Militante. Eva Giberti.

Medico Militante ex secuestrado. Norberto Liwski.

Docente Jubilada. Elsa Logiacco.

Comisión Desaparecidos Fca. Ford. Carlos A. Propato.

Comisión DDHH de San Martín. Mariana Rousseaux.

Familiar Desaparecido. Mirta Romero.

Actor. Carlos Berraymundo.
Ex Futbolista. Alberto Cesar "Conejo" Tarantini.

Lic. en Física Poeta. Sara Melul.

Escritor Periodista. Daniel Mojica.

Delegada A.T.E. Legislatura CABA. Silvia Martinez.

Ciudadana. Maria Alejandra Martinez.

Presidente C.E.C.I.M. La Plata. Mario Volpe.

Sec. Relaciones Instit. C.E.C.I.M. La Plata. Ernesto Alonso.

Periodista. Micky Almada.

Profesora. Silvina Rosignoli.

Comerciante. Marcela Petrelli.





La milicia debe ser un oficio y/o una elección, nunca una obligación...


Historia del F.O.S.M.O. por Santiago Garaño.

Título de la Ponencia:
“El F.O.S.M.O. Frente Opositor al Servicio Militar Obligatorio. El debate sobre la conscripción y el activismo en derechos humanos en la post-dictadura argentina”
Autor:
Lic. Santiago Garaño. Miembro del Equipo de Antropología Política y Jurídica (Sección de Antropología Social, FFyL, UBA). Becario CONICET. Instituto de Investigaciones en Diversidad y Procesos de Cambio (IIDyPCA), Universidad Nacional de Río Negro.

Santiago Garaño, (centro) en La Voz de los Colimbas.


Introducción:
En la Argentina, el Servicio Militar Obligatorio (en adelante SMO) estuvo vigente desde 1902 a 1995. Es decir, durante casi cien años los jóvenes varones de 20 y (luego de 1976) 18 años, seleccionados mediante un sorteo y “aptos” física y mentalmente, recibieron un período de instrucción militar por parte del personal de las Fuerzas Armadas. Si bien su abolición* se vinculó directamente con el crimen del soldado Omar Carrasco (ocurrido el 6 de marzo de 1994 en una base militar de la Provincia de Neuquén), la activa denuncia de este caso de violencia no debe obturar la existencia de un movimiento de oposición previo, nacido hacia fines de la última dictadura.
El SMO estuvo vigente desde la aprobación de la ley 4.031 (el 5 de diciembre de 1901, durante la segunda presidencia de Julio Argentino Roca) hasta que el presidente Carlos Saúl Menem lo abolió* el 31 de agosto de 1994, con el decreto 1537, debido al fuerte impacto social que tuvo el asesinato del soldado Omar Carrasco. Su adopción se enmarcó en una serie de reformas tendientes a la profesionalización y modernización del Ejército argentino hacia fines de siglo XIX y se convirtió –junto a la escuela pública - en uno de los principales mecanismos de incorporación al Estado.
 En el marco de un contexto de debate más amplio sobre el funcionamiento de la conscripción, en noviembre de 1983 un grupo de activistas de derechos humanos lanzó el Frente Opositor al SMO (conocido como FOSMO). A diferencia de otras prácticas consetudinarias de evasión (de carácter individual o por canales legitimados por el personal militar), este Frente se convirtió en una organización política que construyó una serie de argumentos - jurídicos, políticos, históricos, religiosos y morales- que habilitaban mecanismos políticos de impugnación de la conscripción amparados en la “libertad de conciencia”.
A partir de la lucha iniciada por Eduardo Pimentel (y nucleada en el FOSMO), mostraremos cómo en esta lucha se amplió la agenda de temas sobre los que trabajaba el movimiento de derechos humanos en el contexto de la transición democrática y la post-dictadura. En esta línea de análisis, la historia del FOSMO nos permite profundizar la hipótesis de que, en determinadas circunstancias histórico-políticas, la agencia del activismo en DDHH puede poner en debate, impugnar y limitar la violencia de estado, a través de una serie de estrategias político-jurídicas. Y mostrará que las organizaciones de DDHH no se crean ni se fundan sino que a través de su singular acción política adquieren su identidad propia.
En este sentido, el interés de esta investigación radica en analizar el andamiaje (de personas, de argumentos, de disputas) que fue construyendo a la hora de cuestionar una institución fuertemente naturalizada en la socialización de los jóvenes (y sumamente significativa en la construcción de masculinidad); denunciar las formas de violencia que, lejos de ser excesos, estructuraban su lógica; y buscar canales institucionales para la lograr la abolición de su obligatoriedad. Con este fin analizaremos una serie de ‘hitos’ en la historia de este Frente: la decisión de Pimentel de evitar que su hijo hiciera el SMO, la creación del FOSMO y los argumentos para impugnar una institución fuertemente naturalizada; la denuncia de la muerte de un soldado conscripto (Mario Daniel) y la lucha de la su padre para demostrar que no era un ‘exceso’ sino parte de la lógica que estructuraba esa institución; los debates por la ley de “objetores de conciencia” (y la posibilidad de hacer el SM sin usar armas) como vía para analizar cómo las burocracias se legitiman a sí mismas y buscan reproducir sus privilegios. Nos interesa iluminar estos ‘hitos’ a partir de un armazón teórico para reflexionar en torno a la violencia de estado y a las formas de impugnarlo y limitarlo del activismo de derechos humanos. Es decir, buscaremos reconstruir esta experiencia a la luz de una serie de herramientas conceptuales para reflexionar sobre el poder, las formas políticas de resistirlo y, en esta lucha, expandir la categoría “derechos humanos”.
La “libertad de conciencia”: una decisión familiar
En una conferencia de prensa realizada en su casa de la localidad de Ciudad Evita, Eduardo Pimentel, uno de los fundadores de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), y su familia hicieron pública su decisión de impedir que su hijo Ignacio cumpliera con el SMO, amparándose en el ejercicio de la “patria potestad”. La postura de esta familia que negaban a que sus hijos hicieran el SMO se vinculaba con un debate más amplio en el contexto del fin de la guerra de Malvinas y la agonía del gobierno dictatorial: entre 1982 y 1983 la continuidad del SMO fue uno de los temas de la agenda de discusión en la transición hacia las elecciones del gobierno constitucional.
En este conjunto de prácticas se destacaban: “zafar” en el sorteo o en la revisación médica, la existencia de los “acomodados” que aliviaban la instrucción militar gracias relaciones de amistad o cercanía con el personal militar, o directamente el pago de una suma de dinero para lograr “excepciones”.
Esta reflexión acerca de las formas de limitar la violencia estatal que habilita el activismo en derechos humanos se vincula con mi pertenencia al Equipo de Antropología Política y Jurídica del Instituto de Ciencias Antropológicas de la Universidad de Buenos Aires, dirigido por la Dra. Sofía Tiscornia. Le agradezco también a Pablo Pimentel y su familia su apoyo, su afecto y la generosidad de brindarme todos los materiales conservados sobre el FOSMO.

Pimentel contó a los periodistas que había presentado el 2 de noviembre de 1982 una Carta Documento y unos días después, el 13 de enero de 1983 un Documento Anexo dirigidos al presidente de facto Reynaldo Bignone. Si bien señalaba la contradicción jurídica existente entre la ley del SMO que “obliga al hijo pero no al padre” - que es, a su vez “tutor” de sus hijos menores de edad en virtud de la “patria potestad”-, invocaban no sólo razones legales sino también “religiosas, morales y políticas”: “yo les enseño a mis hijos, en el seno de mi familia, a no matar, entonces no puedo entregar a mi hijo a gente que le va a enseñar que su deber es matar al enemigo, cuando el Evangelio dice que debemos amarlo” (La Voz, 18-2-83).
De los cuatro hijos varones del matrimonio Pimentel (además de las cuatro hijas mujeres), el primero se había “salvado” por el cambio de edad de los 20 a los 18 años en 1973 (fueron exceptuadas dos “clases” de jóvenes) y el segundo había sido exceptuado por tener asma. En cambio, en el caso de Ignacio, el tercero de sus hijos varones, la postura de la familia había dado un giro radical. Según contaba Mabel, la esposa de Eduardo, los orígenes de esta decisión se remontaban a una experiencia de Ignacio durante su paso por el colegio secundario. En una encuesta para sondear las vocaciones entre los alumnos secundarios –organizada por el ministerio de Educación un año antes de la citación para la revisación médica-, frente a la pregunta acerca de qué carrera no eligiría nunca, Ignacio completó “la carrera militar”:
“Cuando llegó a mi casa la cédula militar, mi esposo le preguntó si no prefería ir a la revisación médica para tentar la suerte de ser exceptuado por alguna ‘incapacidad física’. Ignacio contestó que elegía ser coherente con su pensamiento en lo referente a la libertad de conciencia. En esto, Ignacio se guiaba por las charlas que todos mis hijos mantenían a diario con su padre. Mi esposo Eduardo repetía sin cansarse que el hombre tiene derecho rebelarse contra las leyes injustas, como plantea Santo Tomás de Aquino” (Revista Flash, 2-12-1984).
La posición de Pimentel acerca de la conscripción había sido el fruto de una transformación personal vivida a lo largo de la segunda mitad del siglo XX y de su participación activa en el movimiento de derechos humanos configurado a partir de la denuncia de los crímenes de estado durante la última dictadura. Según contaba, la Guerra de Malvinas sólo había ratificado su postura. En reportajes a la prensa recordaba que, cuando tenía seis años, el golpe de estado de 1930, encabezado por el Gral. Uriburu, había “dejado marcada su memoria”: “Esa imagen de los cadetes del Colegio Militar prendió en mi forma de pensar y hasta la adolescencia mis valores iban de la mano de actitudes nacionalistas, sacralizadoras de la patria y de lo militar”. Incluso esa “profunda vocación por lo militar” – que enlazaba con su pertenencia a una “familia de elite” y con “ascendencia directa con varios próceres argentinos”- , lo había llevado a rendir dos veces el examen de ingreso al Colegio Militar, en los que había sido rechazado por “razones físicas”.
Si bien a la distancia se alegraba de haberse “salvado” de pertenecer a esa camada – en la que sí habían ingresado Jorge Rafael Videla y Roberto Viola, presidentes de facto durante la última dictadura-, al poco tiempo había sido convocado para realizar el SMO. Y, aunque estaba exceptuado por ser hijo de madre viuda y único sostén de la familia, se incorporó “para cumplir con la patria” durante dos años, uno como “reservista”. Sin embargo, Eduardo destacaba que las lecturas del cristianismo, el liberalismo y el socialismo lo habían llevado a cuestionar esta “vocación por lo militar”: “Mi estantería se fue cayendo y mi fe buscó al Evangelio y al encuentro de los hombres como forma de salvación”.
En la carta enviada al presidente de facto, fundamentaba su decisión de no autorizar a su hijo a realizar el SMO apelando al ejercicio de la “patria potestad” y alegando razones de “conciencia”:
“Pretendo ejercer el ejercido de la Patria Potestad pero es el derecho que como padre responsable sobre todo ante Dios y también ante los hombres, que nos viene por vía Divina y Natural (…) lo que me obliga en conciencia a obrar como lo hago. (…) En nuestra familia se ha hecho carne la palabra de Jesús: ‘el que se sirve de la espada, a espada morirá’. (…) Nuestra responsabilidad como padres nos obliga a la coherencia y a no contradecirnos, a dar testimonio de nuestra fe y de nuestro pensamiento. (…) ¿Cómo entonces conjugar el debido respeto a los padres y el comportamiento del adolescente, cuando éste ve que sea avasalla dicho respeto? El decidir matar a un hombre es un problema grave de conciencia. Si los padres dicen ‘no matarás’ y el Estado le ordena ‘matar al enemigo’, y ambas cosas son impuestas al joven, ¿qué queda después?” (Revista Superhumor, sin fecha, archivo familia Pimentel).
Sin embargo, Pimentel contaba que, junto con estas razones morales y religiosas, los argumentos jurídicos se convertían en un excelente arma la hora de dar la disputa en la justicia:
“Es la primera vez en el mundo que se presentan un caso de estas características. Parece que a ningún abogado se le ocurrió: hay un conflicto de prioridades entre la familia y el Estado. (…) Obtuve tres respuestas del PE. En la última me explicaron que hay un dictamen del Comandante en Jefe contrario a mi posición. La decisión de [Cristino] Nicolaides se basa en la interpretación que hace el jurista Salvat sobre los alcances de la Patria Potestad. Mi conclusión, basada en el Artículo 275 del Código de Vélez Sarfield, es otra. Allí se habla explícitamente de las atribuciones paternas para decidir si el hijo hará o no el SM. (…) Es infame que la familia sea avasallada por el Príncipe, por el señor feudal, y por sus descendientes: los comandantes de los actuales estados” (Revista Superhumor, sin fecha).
Según Eduardo Pimentel la obligatoriedad de la conscripción obturaba la posibilidad de que los jóvenes optaran por sus verdaderas “vocaciones” (lo definía como un “trabajo forzado”). Y su naturalización como espacio de sociabilidad masculina no sólo estigmatizaba a quienes se negaban a cumplir este “deber patriótico” sino que, sobre todo, impedía buscar canales legítimos de impugnación:
“Creo que hoy se pierden muchas vocaciones, hacia uno y otro lado, por todas las contradicciones que se encierra el ‘trabajo forzado’ que implica realizar el ‘SM’. Son muchos los que intentan ‘salvarse’, por varios medios; son muchos los que aceptan por el temor de ser considerados antipatriotas, desertores y tener que sufrir las consecuencias legales. Por ese camino ni se forman ‘patriotas’, ni se mejora al ciudadano, no se respeta la intimidad de la conciencia y no habrá educación válida ni verdadera. La familia y la educación sufren un tremendo impacto corrosivo” (La Voz, 18-2-83).
Luego de esta conferencia de prensa, Ignacio fue citado el 18 de marzo al Distrito Militar. El Coronel Luján les informó que el comandante en Jefe del Ejército había dictaminado que la “patria potestad” sólo amparaba a los voluntarios y no así a los que debían cumplir con obligatoriamente con el SM. En función de este dictamen, Ignacio fue convocado para marzo para que realizara la revisación médica y la posterior incorporación. Eduardo contaba que, cuando llegó la orden de que se presentara, la familia en pleno tomó una decisión y acompañó a su hijo Ignacio al regimiento:
“Luego de marchas y contramarchas, [en una gran reunión de familia] decidimos que había que presentarse. Así es como mi familia designa a mi mujer, a mí, a nuestra hija Ana y a Ignacio para ir todos juntos al regimiento. Cuando llegamos (…) [había] mucha gente esperando en la entrada y gran expectativa. (…) Y ahí nomás tuvimos un enfrentamiento verbal con un teniente coronel (…) Este militar afirmó de viva voz que él mataba en nombre de la patria, y que incluso podía matar en nombre de Dios. (…) El asunto es que luego de discutir acaloradamente alrededor de diez minutos, el Teniente Coronel me informa que se iban a quedar con Ignacio. Se imagina mi reacción. Le dije: ‘Usted tiene toda la fuerza para pisotear mi autoridad paterna y contradecir mi decisión, pero le aseguro que esto es muy grave y no me voy a cruzar de brazos’. Salí de allí iniciando un ayuno; mi mujer me siguió. No habían pasado 2 horas cuando mi hijo llamó a casa para tranquilizarnos: lo habían exceptuado ‘por un problema físico’. En verdad, las razones providencia que los señores del distrito militar hayan manejado para llegar a esa resolución, me interesan un pito. La cuestión es que han cumplido, han respetado mi autoridad como padre” (Superhumor, sin fecha)

Es decir, frente a este caso ‘anómalo’ (la apelación a la “patria potestad” y a la “libertad de conciencia”) y para evitar que el conflicto se agudizara, las autoridades militares intentaron aplicar un mecanismo conocido: “exceptuar” al hijo de Pimentel, declarándolo “no apto” en la revisación médica. Pese a esta resolución por parte de las autoridades militares, Eduardo Pimentel llevó su caso a la justicia con el fin de establecer un antecedente jurídico que permitiera luchar para abolir la obligatoriedad del SM: “Estoy realizando un estudio profundo del tema con dos abogados para determinar los fundamentos de la oposición [al SMO]” y, al sustraer el tema del ámbito militar, que fueran “los jueces [quienes] respondan a nuestros cuestionamientos” (Diario Río Negro, 7-4-83).
En este sentido, el dirigente de DDHH cuestionó que en lo “argumentado [por las autoridades militares] no se invocó único precedente jurídico sino la opinión de un solo jurista”: “Es paradójico que la patria potestad le sirva a los padres para impedir la voluntad de sus hijos a seguir una carrera militar y en cambio no sirva cuando toda una familia se opone a que el chico haga la conscripción” (La Voz, 8-4-83).
No conforme con el dictamen en relación al caso de su hijo, anunció el lanzamiento de un movimiento “Por la libertad de conciencia”. El objetivo era que el caso de su hijo tuviera un efecto multiplicador; que se convirtiera en un exemplum; que el ejercicio de la “libertad de conciencia” se generalizara y tuviera un fuerte impacto político. Hacer visible y pública esta lucha “familiar” era una vía para evitar que el caso de su hijo fuera único e irrepetible y se agotara en sí mismo.
La conformación del movimiento de Derechos Humanos en Argentina  no sólo construyó una serie de demandas frente a la violación sistemática a los derechos humanos durante la última dictadura, sino que también jugó un rol central en la definición misma del sentido de la expresión “derechos humanos”. Pimentel, con su lucha por abolir la obligatoriedad del SMO e impulsar la “libertad de conciencia”, buscaba ampliar los límites de lo que se entendía socialmente por violación a los derechos humanos: la conscripción obligatoria, argumentaba, era un espacio donde la violencia estatal estaba naturalizada, era una práctica corriente, era rutina. Su lucha - y los valores en que se fundaba - sólo se entiende en el contexto de la transición hacia la democracia y de la experiencia previa en el movimiento de derechos humanos de denuncia de crímenes del estado terrorista. Este movimiento había legado y sedimentado el derecho de los ciudadanos a impugnar la violencia estatal – junto con una serie de estrategias político-jurídicas-, y esa experiencia previa lo dotaba de autoridad y prestigio.
Esta investigación parte del supuesto de que la categoría “derechos humanos” en forma abstracta y descontextualizada poco significan y que la manera en que esta noción es traducida en la práctica depende de relaciones de poder forjadas en contextos locales. Es decir, si bien los derechos humanos son en teoría un autoproclamado valor universal, de hecho están cultural y políticamente interpretados y pueden ser modificados, en tanto su significado depende de cómo el concepto es políticamente articulado en contextos específicos. De hecho, en nuestro país durante los primeros años de la transición, la categoría “derechos humanos” quedó íntimamente ligada directamente al “problema de los desaparecidos”.
En esta línea, el análisis de este caso se vuelve central para revelar las luchas emprendidas por diversos grupos sociales tanto para impugnar y resistir las prácticas violentas de las instituciones estatales así como para lograr el reconocimiento efectivo de sus derechos sociales, económicos y culturales. Si bien se enlazaba con la denuncia de la desaparición sistemática de conscriptos entre 1976 y 1983, Pimentel buscaba ampliar el universo de temas y problemas que la agenda de derechos humanos debía incorporar, analizar y volver legítimos para la sociedad en un contexto de post-dictadura: se trataba de reconocer las continuidades y las mutaciones del poder desaparecedor de lo disfuncional, de lo molesto y de lo conflictivo social en nuestro país.
En una conferencia de prensa, acompañado por el Obispo de Quilmes Jorge Novak, el obispo Metodista Federico Pagura, el Premio Novel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel, el padre Antonio Puijané, el pastor Aldo Etchegoyen y otros miembros de organismos de derechos humanos, condenaron “todo tipo de acción bélica” (“no hay ninguna guerra justa”) y el “terrible e injustificado armamentismo” (La Prensa, 10-4-83)
Entendemos por movimiento de derechos humanos el colectivo heterogéneo de actores sociales que impulsó activamente la resistencia a la violencia estatal en dictadura, su persecución penal y su condena social.
Como se observa en reportajes posteriores a Pimentel, los argumentos contra la obligatoriedad del SM se fueron enriqueciendo y se sumó, a la lectura cristina de la violencia, la defensa de la familia y de la autoridad del padre, una serie de argumentos anti-bélicos y pacifistas:
“A la juventud se le enseña una especie de eslabonamiento histórico a través de los actos bélicos. Esto ocurre en la generalidad de las instituciones educaciones, militares y no militares (…) En el cristianismo, que es mi fe, pero también antes y después, se han dado estos testimonios antibélicos. (…) Los ejemplos abundan: Cristo, Gandhi, Martin Luther King, Lanza del Vasco… Centenares, miles de personas, anónimas en su mayoría, diariamente abogan y luchan por la paz con armas poderosas como el arma del trabajo” (Revista del Domingo del Diario Río Negro, 17-4-83).
A esta crítica a la configuración de una moral masculina guerrera se enlazaba el cuestionamiento a la falta de “vocación” que implicaba la “obligatoriedad” del SM:
“Por lo tanto, las instituciones militares se deberán integrar con gente de vocación. No digo profesionalmente, porque en esa definición del profesionalismo se incluyen conceptos de [e?]ficacia militar que yo rechazo. Lo que yo quiero es la vigilia de las armas, que el militar sea un vigilante de las armas, no para matar sino para se impida matar, para que se impida usarlas, y para que se impida el desorden de la injusticia, tal como lo padecemos hoy”. (Revista del domingo del Diario Río Negro, 17-4-83).
Sin embargo, antes que “objeción de conciencia”, Eduardo prefería llamar la actitud de su hijo y de su familia como “libertad de conciencia”: “La libertad del joven, de la familia. Esto yo lo he basado en el derecho a la familia, que es una institución básica del estado, declamada como tal, pero desconocida en los hechos. (…) Esa institución de la familia debe ser efectivamente reconocida” (Revista del domingo Diario Río Negro, 17-4-83).
“La libertad de conciencia, la objeción de conciencia, consagradas por el Concilio Vaticano II, ‘cada cual está consiguientemente a seguir su conciencia’, nos indica que no podemos obedecer cualquier orden y menos las referentes a matar. Así la ley de SMO es inmoral, conforme al Vaticano II, y atenta contra los derechos humanos” (Revista Siete Días, 14-2-84).
A partir de que la decisión de la familia Pimentel se hizo pública, otros padres, madres y jóvenes siguieron su camino. Stojan Tercic, padre de Alejandro, comunicó al presidente de facto su decisión de no autorizar a su hijo a que cumpliera con el SMO, aparándose en el ejercicio de la “patria potestad”. El SMO, argumentaba Tercic, “lesiona la dignidad humana y atenta contra la libertad de decidir sobre la vida o la muerte en caso eventual de una guerra” (La Nación, 7-9-83). En la carta que le envió al presidente de facto, planteaba que: “de acuerdo a mi conciencia y ejerciendo la autoridad de la patria potestad, he decidido no autorizar a mi hijo Alejandro responder el llamado al llamado de conscripción. Mi decisión está basada en la convicción de que el SM se opone a la ley de Dios, que dice ‘No matarás’ y no hay ley alguna superior a la ley de Dios” (La Nación, 7-9-83).
El tercer objetor de conciencia, según recuerda Pablo, el hijo de Eduardo, fue “un joven de la zona sur de nuestro conurbano muy pobre, pero con una claridad ideológica mayúscula realmente”. Era de la “clase” 65, como el hijo menor de la familia Pimentel (que también se negó a hacer la conscripción ese año) y se llamaba Agustín Ramírez:
“La cuestión Agustín es que se entera y le dice a su papá (que era trabajador de Solano): ‘Mira papa yo no voy a hacer el SMO y voy a hacer lo que hizo este señor’. Y le muestra el diario. ‘¿Por qué no averiguamos quién es y vamos a su casa?’. Y aparecieron un día, un domingo a casa, Agustín y su papá, en Ciudad Evita.
Se aparecen un día y le cuentan y, bueno, mi viejo quedó maravillado por la claridad de este chico realmente un pibe fenomenal. Pero le comenta acerca de los riesgos: los riesgos son que podés quedar detenido, pero la vamos a pelear, vamos a poner todos los abogados que tengamos que poner”.
Estos primeros casos – y su repercusión pública- buscaban movilizar a otras familias a seguir el ejemplo e impedir que sus hijos hicieran la conscripción. Fernando Angel Portillo, padre de un joven de la “clase” 1965 envió una carta al presidente constitucional Raúl Alfonsín comunicándole también su oposición que su hijo cumpliera con el SMO, fundándose en los principios de la Constitución Nacional, en la declaración universal de los DDHH, y en el “imperativo de mi conciencia cristiana” (La Razón, 20-3-84). A esta altura y ya asumidas las autoridades constitucionales, Portillo era ya el cuarto padre que apelaba a la “patria potestad” para evitar que su hijo cumpliera el SMO.
El FOSMO: De una decisión familiar a una lucha política
Gracias a las repercusiones que tuvo el caso de Ignacio, el 13 de noviembre de 1983, luego de las elecciones presidenciales (pero antes de que asumiera el gobierno constitucional), se constituyó el FOSMO. Según contaba Eduardo: “Una vez nacida esta lucha (…) comenzamos a recibir toda una serie de adhesiones, por lo que terminamos invitando a todas esas entidades y personas para que nos reuniéramos y de allí surgió este frente” (La Voz, 14-11-83). A partir de esa confluencia, se fue armando el andamiaje conceptual, político y jurídico para impugnar el sistema de conscripción obligatoria. De esta manera, el FOSMO – pensada como una institución “pluralista y ecuménica” - buscaba nuclear a las persona(lidade)s, grupos y organizaciones  cuyo fin fuera luchar por la abolición del SMO, entendiendo que éste violaba derechos constitucionales básicos. En cambio, proponían “actividades sustitutas, un servicio social o servicio civil, controlado por otros sectores del estado, que no sean las FFAA” cuya ventaja sería que iban a habilitar nuevas formas socializar y ‘formar’ a la juventud en función de los nuevos “problemas” que enfrentaba el país:
“Combatir el subdesarrollo, enfrentar con aciertos los complejos problemas de la dependencia, son tareas que reclaman una juventud idónea en el arte de pensar antes que en el arte de obedecer. Ellas requieren que se la habilite para reconocer los valores por los que corresponde vivir, y no que se le ordene subordinación a los conceptos en nombre de los cuales debe estar dispuesta a morir” (Santiago Kovadloff, Humor, noviembre de 1983).
Santiago Kovadloff, filósofo e integrante del FOSMO, argumentaba a favor de un “servicio optativo” y mostraba los beneficios de implementar este nuevo sistema:
“En el orden nacional, la desaparición del SMO y su reemplazo por un servicio optativo, indicarán que también en este campo los responsables de la conducción del estado han comprendido cuáles son las necesidades básicas de la Nación, cuál debe ser el lugar que en ella ocupe la educación militar, y hasta que puntó se ha entendido, por fin, qué es un adolescente de 18 años (…) Mayor de edad (…) es aquel que, en lo esencial, ya está en condiciones de decidir qué le conviene y que no. No debe privárselo pues de la posibilidad de cumplir con el SM, si así lo desea. Pero no hay porqué obligarlo a ello. (…) Si alguna obligación deberá gobernar hoy la conducta de civiles y militares es la de adquirir, ante todo, una sustanciosa formación republicana, que los capacite a todos por igual para consolidar las exigencias democráticas del presente” (Revista Humor, noviembre de 1983).
En los Fundamentos del FOSMO, el primer eje de impugnación era la imbricación entre las prácticas violentas que implicaba el cumplimiento del SMO y su relación con una moral masculina bélica que, durante el siglo XX, había permeado a toda la sociedad argentina. En esta línea, al mismo tiempo que denunciaba el sometimiento al soldado a un “severo régimen disciplinario con violencia física, psíquica y moral” por parte del personal militar (“sin que exista posibilidad real de repelar los actos arbitrarios y humillantes de los cuales es objeto”), el FOSMO cuestionaba la adopción de una “mentalidad militar, con un código de valores distintos y hasta opuestos al del resto de la Sociedad” que conducía a un “culto obsesivo del valor de lo militar”. Sin embargo, lejos de denunciar la violencia ejercida como un exceso o un problema de las personas a cargo de la institución, criticaban su ‘carácter estructural’ nacido con la institución, cuya finalidad era “intervenir sobre el cuerpo social”:
“Las características del SMO no surgen como consecuencia del mal funcionamiento de esa institución. Por el contrario, ellas son consecuencia de uno de los principales objetivos que se le asignó al momento de su creación en 1901. En efecto, quienes proyectaron el sistema vigente, asignaron al SMO dos funciones centrales: una, la de constituirse en una escuela de moralidad para la ciudadanía, convirtiendo al ejército en ‘un poderoso instrumento de moralidad pública’, y la otra, la de actuar como antídoto contra el cosmopolitismo en una sociedad formada por inmigrantes e hijos de extranjeros” (Fundamentos del FOSMO).
En un documento publicado por el FOSMO (“Un derecho todavía violado”), Pedro Vendramín, otro integrante, historizaba la creación del SMO en 1901 e impugnaba “sus implicancias políticas y sociales” como una institución preparatoria del sufragio universal: “Los ciudadanos argentinos serían soldados antes de ser verdadera y libremente electores, lo que tendría consecuencias políticas directas, porque el ejército de la conscripción estaría encargado de moldear la mentalidad de los futuros electores”. Ser soldado antes de ser ciudadano con derecho a voto; pernear la sociedad con valores militares y luego de esa operación habilitar elecciones libres. El autor citaba, además de las expresiones del diputado Demaría en una conferencia dictada en el Colegio Militar por Manuel Carlés en 1915: “el oficial siente que la nación le confía ‘la redención del conscripto inculto, ignorante y perverso, argentino de nacionalidad pero bárbaro de condición, que constituye un peligro para la estabilidad social y una amenaza para nuestra cultura”.
“La intención de quienes implantaron el SMO fue la necesidad de educar al ‘inculto, al ignorante, al perverso’, tal como dijera el famoso fundador de la Liga Patriótica Argentina. Su verdadera aplicación apuntó al criollo (cabecita negra), al indio y al hijo del inmigrante. Se trataba de ‘enderezar’ ideas o inyectar nacionalismo a supuestos apátridas o hijos de ‘exiliados europeos’ algo anarquistas. Y así, generación tras generación, miles de conscriptos se incorporaron al ejército o a la marina – la Aeronáutica aparece mucho más tarde- y de esta manera, la sociedad militar contó con el ‘servicio necesario’ para dejar indefensa la Constitución y tener a su alcance a tanta juventud para instruirla con un sistema de valores ‘anticiviles’ y no populares y provocar una sucesión de hechos sediciosos para derrocar a varios gobiernos” (Revista Siete Días, 14-2-84).
En este sentido, “la Oficialidad – también ella reformada y jerarquizada – se convertía en portadora del espíritu mismo de la nacionalidad, colocada por encima de los conscriptos y por extensión de todos los civiles, actuando como transmisora y custodia, para lograr así la ‘rendición’ del conscripto inculto, ignorante y perverso” (“Un derecho todavía violado”, Pedro Vendramín). Esta “misión social” transformaría las relaciones entre conscriptos y oficiales, ya que los soldados no eran “simplemente civiles que hay que instruir en el arte militar sino extranjeros a los que hay que nacionalizar, bárbaros que debían ser civilizados”. Esta “nacionalización” en realidad no era otra cosa que docilizarlos, disciplinarlos a través de distintas prácticas violentas: “doblegar al soldado” (frase repetida en los cuarteles), a través de “enseñar la disciplina” con métodos “nada pedagógicos”: “instrucción militar, largas caminatas, castigos corporales (fatiga, marchas, limpieza, calabozo), respuestas automáticas, pérdida de la identidad personal, uniforme, paso militar”.

Esto permitía la “aparición de criados”, de “ciudadanos” que perdían su condición de tal al ser despojados de sus “derechos”. En esta línea, el FOSMO denunciaba que el SMO se había convertido en el “instrumento” gracias al cual las Fuerzas Armadas ejercieron “su poder sobre el resto de la sociedad” a partir de 1930 (convertidos en el “brazo secular de la oligarquía en el poder, el instrumento político del grupo dirigente”): “La conciencia de una misión que los coloca por encima de sus conciudadanos ya muestra los elementos de un mesianismo que es motor del activismo militar. Porque deberes superiores necesitan derechos más amplios, fuera del orden común”. El lema “subordinación y valor” debía interpretarse como “la subordinación al capricho del profesional uniformado” y denunciaban que esta progresiva pérdida de derechos habitaba los “métodos violentos” que se aplicaban a los soldados – como estaquedas, golpes, bailes, etc.- que habían llegado a causar la muerte de conscriptos.
“Un soldado conscripto puede ser muerto por varias eventualidades. Se abre por dicha razón un sumario, es decir, un juicio militar. Los deudos no podrán presentar defensa, ni queja. Luego podrán recurrir a la justicia ordinaria, quizás cuando las pruebas ya sean obsoletas. A nuestro criterio se trata del derecho del esclavo a enterarse de lo decidido por su amo” (Siete Días, 14-2-84).
Entre las razones “políticas y constitucionales” para oponerse al SMO, el FOSMO destacaba que el “cuartel ha sido un laboratorio de sometimiento de la sociedad civil y mostraba los sentidos implícitos de su obligatoriedad:
“Es paradójico que en la Argentina sean obligatorias tanto la conscripción como la escolaridad primaria. Esta, siendo imprescindible, es, a la vez deficitaria. La conscripción, siendo deficitaria, es además prescindible, ya que no constituye una prioridad nacional. (…) la obligatoriedad del SM evidencia que el único tipo de formación que el Estado entiende como indispensable es la formación guerrera. ¿Qué significa esto? Que los jóvenes son concebidos, ante todo, como seres hipotecados con el poder marcial y no como seres a cuya disposición debiera ponerse todo a fin de brindarles una efectiva preparación cívica, lo que equivale a decir, humanística” (“Un derecho todavía violado”, publicación del FOSMO firmada por Pedro Vendramín).
Pimentel citaba al Dr. Dalmiro Bustos, un médico psiquiatra, presidente de la Comisión de Padres de Soldados de Malvinas: el desafío para nuestra sociedad era “sacarnos el militar que llevamos dentro de cada uno”. (Siete Días, 14-2-84). Y, en este proceso, era imprescindible abolir el SMO:
“Nadie está obligado a realizar conductas disvaliosas que, como en el caso del SMO, comportan el menoscabo del prójimo. Es por lo tanto lícito, legítimo y debido apartarse de las mandas del poder que se fundan en la pura coacción pero no en las exigencias éticas esenciales y determinadas por el contenido del orden jurídico (“Un derecho todavía violado”, Publicación del FOSMO, autor Pedro Vendramín).
Entonces, otro integrante del FOSMO, Alfredo Grande, destacaba el trabajo del FOSMO buscaba no ya la “excepción” sino “modificar la regla” e invitaba a sumarse a este movimiento: “Lucharás por tu hijo, pero no solamente por él”. El FOSMO planteaba que la conscripción no había existido siempre (“por natural que parezca”) y, por lo tanto, la historización de su funcionamiento a lo largo del siglo XX, abría nuevos argumentos para oponerse:
“La experiencia de Malvinas demostró la inutilidad absoluta del SM desde una óptica estricta de la guerra moderna. Y experiencias anteriores nos hicieron ver a los conscriptos usados para blandir sus armas acompañando golpes de estado, o aún luchas internas entre facciones militares. Tampoco se cumplen hoy los fines presuntamente educativos que alguna vez se asignaron al SM para ‘civilizar’ a nuestros bárbaros del interior o a los incultos hijos de los inmigrantes. En cambio si existió, y existe, la servidumbre lisa y llana del ‘colimba’ a manos de sus ‘superiores’… (…) Sin embargo, (…) cada año centenares de miles son privados de sus derechos constitucionales y sometidos al arbitrio de las jurisdicciones militares. (…) y la institución del SM subsiste, con la inamobilidad de las cosas a las que el tiempo les ha dado su única razón de ser. Sin que aquellos que tendrán que sufrirlo atinen a otra defensa que esperar el número bajo o alguna deficiencia física salvadora (…). Todo lo cual no hace más que demostrar la existencia de una inorgánica, silenciosa y difusa oposición, que no encontró HASTA HOY un cauce razonable para expresarse, pero que sin duda comparte el grueso de nuestra población respecto de la inutilidad y arbitrariedad de ese ‘año perdido’.”
Es decir, el FOSMO era un “cauce razonable” para canalizar el descontento social en relación al SMO, evadir salidas individuales (“número bajo o alguna deficiencia física salvadora”) como expresiones de una “inorgánica, silenciosa y difusa oposición”. En un documento titulado “Por los Derechos Humanos de los Soldados Argentinos”, un grupo de jóvenes reclamaban la movilización de todos los sectores “prodemocráticos-humanistas” para lograr que el Congreso Nacional reestructure el sistema de conscripción obligatoria, con sus funcionamiento y prácticas “deshumanizantes” y que se creara una Comisión Investigadora de las garantías individuales dentro de las FFAA y un organismo que velara por los derechos de los “subordinados ante actos injustos de abuso de autoridad de sus superiores”.
“La comunidad argentina debe tomar conciencia, de una vez por todas, que esos miles de jóvenes que cada año juran lealtad hasta la muerte, no están sirviendo a la Patria, sino que están siendo ultrajados por mentalidades maquiavélicas que los someten a un largo periodo de torturas, tanto físicas como psicológicas, que contribuyen al deterioro de las cualidades normales del ser humano con el pretexto, completamente aberrante, de ‘formar hombres".
En el contexto de la asunción del gobierno constitucional, el Frente le reclamaba al gobierno radical que cumpliera el punto cinco de la plataforma electoral: la gradual supresión del SMO y la reducción del reclutamiento a un máximo de 120 días.
La oposición al FOSMO
Este activo movimiento de denuncia e impugnación del SMO generó diversas formas de oposición al FOSMO y a los distintos grupos que impugnaban la obligatoriedad de la conscripción. Por ejemplo, el Centro de ex Soldados Combatientes en Malvinas inició una campaña a favor de mantener el SMO partiendo de la premisa de que “la defensa de la patria no es optativa, más aún con territorios ocupados por un imperialismo”. Si bien para ellos era necesario crear un SMO “adecuado en forma y tiempo a las condiciones actuales de vida”, defendían el rol histórico que la conscripción tenía en la “[formación] de la juventud en lo moral y militar”. En este sentido destacaban que “el conscripto no se sienta ‘tropa’ sino un civil que se prepara con patriotismo para la posible defensa de su patria y de sus seres queridos” (Tiempo Argentino, 15-3-84). Por otro lado, hubo quienes directamente cuestionaron la postura de Eduardo Pimentel y su familia, como Eduardo Siutti, que el 1 de marzo de 1984, publicó en el diario Tiempo Argentino, una carta de lectores:
“…pienso que como padre de hijos varones e hijo de mi padre que morir por defender por pequeño e insignificante que sea un pedazo de mi patria al margen de quien sea el gobernante, es quizás la mejor muerte a la que pueda aspirar todo hombre bien nacido. De las opiniones transcriptas solo merece destacar la del señor (?) Eduardo Pimentel (…). … no solo es, y peso bien el valor de lo que afirmo, un COBARDE, sino que de su cobardía nace una cátedra familiar y pretende hacerla pública, instando a la juventud de por si ya bastante confundida, a la deserción más innoble. En una palabra, la ascesis de la cobardía. La paz es un logro importante, pero no a costa del honor. Y para un verdadero patriota el honor nacional y el suyo propio son la misma cosa” (Tiempo Argentino, 1-3-84).
Como vemos, el lugar autorizado para defender el SMO era el de “padre de hijos varones e hijo de mi padre”, un “hombre bien nacido” (un varón que podía aspirar a una “muerte heroica” en un campo de batalla). En cambio, un varón –aunque fuera padre de hijos varones- que se oponía a la conscripción era un “COBARDE”, un “hombre” cuya masculinidad se ponía en duda, entre signos de interrogación. Esa acusación se basaba en que se atrevía a hacer pública la “deserción más innoble”: negarse a realizar el SMO. El “honor” masculino iba de la mano del honor “en el servicio de la armas”, que no era otra cosa que un cumplir con el “servicio a la Patria” (“para un verdadero patriota, el honor nacional y el suyo propio, son la misma cosa”). Pimentel le respondió en una extensa carta publicada por el mismo diario en la que asumía una clara postura anti-bélica, e iluminaba la naturalización de esta forma de socialización guerrera de los jóvenes:
“Y bien, mi desconocido señor, debo contestarle que mis fundamentos no son los que usted expone en la carta de lectores. Mis principios son otros. Yo no mato ni mataré ningún hombre. (…) La guerra es un crimen, toda guerra es injusta y los que la provocan son criminales. (…) Nuestros jóvenes, nuestros niños, nosotros mismos hemos sido inyectados en la etapa educativa con signos de batallas, de generales, héroes bélicos, (…) en una sucesión de hechos que transforma lo que naturalmente repugnante – el matar- en una sucesión épica que cubre nuestros sentimientos por encima del ‘amaos los unos a los otros’, como manto glorioso de la epopeya nacional” (Tiempo Argentino, 13-3-84).
Para Pimentel, para el FOSMO, el desafío era desnaturalizar esa moral masculina bélica que se inculcada desde la escuela a los “niños” y “jóvenes” y a lo largo del paso por las diversas instituciones estatales.
Como vemos, cuando este sector del movimiento de derechos humanos amplió su atención hacia cómo los conscriptos continuaban siendo torturados, degradados y objetos de violencia estatal en democracia, fueron duramente cuestionados por miembros de la sociedad civil. Ello así porque se animaron a impugnar una institución fuertemente naturalizada - y con más de 80 años de existencia-, que además representaba una experiencia altamente significativa para grandes sectores de la sociedad. Desde su creación en la Argentina, para amplios sectores de la sociedad, la conscripción había operado en un sentido como un rito de paso hacia la adultez masculina – mediante la inculcación de una moral guerrera- y, al mismo tiempo, había jugado un rol en la configuración de sentidos de pertenencia – y exclusión – a la nación argentina. Ser “hombre” y (por lo tanto) ser ciudadano argentino (hipostasiado en el fetiche de tener libreta de enrolamiento) eran condiciones que se obtenían gracias a cumplir con el “deber” del servicio militar (luego de haber sido declarado “apto”). A partir de haber (sobre)vivido a esa experiencia, se obtenía esa doble estatus.
Sin embargo, otros sectores de la sociedad intentaron activamente evadir el servicio militar de múltiples maneras: “zafar” en el sorteo; ser declarado “no apto” en la revisación médica; convertirse en “objetores de conciencia” (como fueron paradigmáticamente los Testigos de Jehová). Otros buscaban pagar de una suma de dinero a autoridades militares o médicas para lograr excepciones o ser “acomodados”, es decir, aliviar la instrucción militar gracias relaciones de amistad o cercanía con el personal militar. Entre otras razones, la conscripción se había convertido tanto en un espacio donde los soldados muchas veces eran usados en tareas administrativas o domésticas de las autoridades militares (de ahí que se la conscripción se llamara usualmente “colimba”, corre-limpia-y-barre), la violencia estatal estaba naturalizada (era rutinario que los conscriptos fueran objeto de violencia por parte de sus instructores), o simplemente era visto como una pérdida de tiempo para insertarse en el mundo laboral o continuar con los estudios.
Como recuerda Rita Laura Segato, la emergencia del sujeto masculino es dramatizada en los rituales de iniciación. En ellos se puede identificar los motivos de la expulsión del mundo materno, del útero doméstico y la entrada reglada en el mundo regido por las normas de la masculinidad:
“Es el camino guerrero de la reemergencia en el mundo como sujeto masculino, la duplicación de la emergencia del ciclo edípico para dar lugar al segundo nacimiento del sujeto ahora inequívocamente marcado como sujeto masculino. Su marca es el estatus adquirido como resultado de haber sobrevivido al riesgo de vida y al dolor característico de todos estos procesos paradigmáticos de iniciación masculina dispersos en el mundo”
La crítica a Pimentel: catalogarlo como “COBARDE” se vuelve sinónimo de ser pasivo, débil, sumiso, feminizado. Sin embargo, un aspecto más implícito es que cuestionar la conscripción obligatoria hacía peligrar un poderoso mecanismo de producción en serie de hombres argentinos, de los “grandes” y de los comunes. Arriesgaba el dispositivo por excelencia del poder militar para moldear a la juventud.
Frente a este activo debate, el Comando en jefe del Ejército delineó una postura institucional e intentó difundirla entre el personal militar. Publicó un Anexo de la Revista de Educación Militar (titulado “Conscripción o Fuerza de Voluntarios”) en el que planteaban que la guerra por “nuestras” Islas Malvinas (“donde se enfrentaron un ejército de voluntarios con otros de conscripción”) había puesto “en consideración” de los miembros de las FFAA, de los políticos y de la sociedad “la conveniencia de reemplazar nuestro actual sistema de incorporación de conscriptos por el de voluntarios para cubrir la tropa”. Teniendo en cuenta los “antecedentes de orden nacional”, concluían que el Ejército Argentino reconocía que la Ley de Organización de 1901 había sido “un hito fundamental en su evolución”:
- Los criterios de organización, preparación de reservas, capacitación de cuadros y movilización contenidos en ella han regido con particular eficacia al Ejército durante 80 años y aún hoy se puede afirmar que mantiene vigencia y son coherentes con los principios modernos en aplicación en el mundo.
- Las principales finalidades de la “LEY RICCHERI” eran crear una organización moderna del Ejército, prever su movilización y la preparación de reservas para el Ejército Permanente, la Guardia Nacional y la Guardia Territorial.
- Quienes afirman que el SMO debe ser suprimido por que ‘ha cumplido su ciclo y los fines fijados por el General RICCHERI’, lo hacen sin haberla estudiado con la seriedad que el tema merece.
- Dentro de este sistema de conscripción, son numerosas las posibilidades que hoy se presentan para perfeccionarlo haciéndolo más ágil y tal vez menos onerosos para el presupuesto de defensa” (1983:13).
Es decir, no sólo este sistema había funcionado “con particular eficacia” durante 80 años sino que mantenía su “vigencia” y se adecuaba a los “principios modernos” (así se posicionaba implícitamente frente a las críticas de Lúder, el candidato a presidente por el justicialismo). En las “conclusiones finales”, destacaban que la mayoría de los países habían elegido el sistema de SMO y que el sistema de voluntarios era sostenido solamente en “con gran capacidad económica como para enfrentar su elevado costo o en otras FA carecen de significación y de capacidad operacional”. A su vez, consideraban que los “aspectos conceptuales” de la ley Riccheri – que habían originado la implantación del SMO - “mantienen plena vigencia”: “Las ideas en que se sustenta la organización del Ejército, la preparación de reservas, la movilización regional, etc., no sólo fueron trascendentes en su época sino que aun hoy siguen siendo los fundamentos intelectuales de la estructura orgánica de los ejércitos más desarrollados”. Por lo tanto, cuestionaba duramente a quienes se oponían al SMO:
“e) A la luz del análisis de las tendencias mundiales las referencias que actualmente suelen escucharse de quienes incursionan en las bondades del Servicio de Voluntarios, la obsolencia [sic] del soldado conscripto, la edad del soldado, el tiempo de permanencia el las filas, etc., están lejos de la realidad.
f) Las experiencias obtenidas por algunos países que han optado por el voluntariado (…) resaltan el resquebrajamiento de la disciplina, los altos costos que el sistema involucra y muy particularmente, el peligro que la ciudadanía se desinterese de su defensa nacional.
No parece racional ni conveniente para nuestro país que en este momento se propugne su adopción bajo influencia exclusiva de un ‘Síndrome MALVINAS’”.
Si bien en las conclusiones se reconocía que no “todo debe mantenerse tal como está” y que había “muchos aspectos perfectibles que pueden y deben mejorarse”, era lapidario en relación a quienes criticaban el funcionamiento del SMO:
“Finalmente, ante un tema en que todos se sienten habilitados para opinar y emitir juicios de valor, hoy más que nunca tiene plena actualidad aquel viejo refrán que dice: ‘HABLA POCO DE LO QUE SABES Y NADA DE LO QUE NO SABES’.
Sin embargo, la lucha por la “libertad de conciencia”, al menos en esta instancia inicial, se fundaba en la apelación a una serie de valores morales tradicionales – en un equilibrio entre conservadores y liberales - - para sostener determinadas posiciones políticas y encarar disputas jurídicas (Pita, 2006: 233).
El acto de lanzamiento: “Toda guerra es injusta”
El 6 de agosto de 1984 a las 17 horas, día en que se conmemoraba aniversario 39 del bombardeo en Hiroshima y Nagasaki, los integrantes del FOSMO convocaron en la Plaza de los dos Congresos, a un acto por la Abolición del SM. 16 Era el lanzamiento del FOSMO, frente al parlamento. Las consignas eran:
- POR LA LIBERTAD DE CONCIENCIA.
- POR EL DERECHO DE LA FAMILIA A LA EDUCACIÓN DE SUS HIJOS.
- POR LA DESMILITARIZACIÓN DE LA SOCIEDAD.
- POR MÁS ALIMENTOS PARA EL MUNDO Y MENOS ARMAS PARA LA GUERRA.
POR LA VIDA – POR LA PAZ
EN EL DÍA DEL HOLOCAUSTO DE HIROCHIMA
HIROSCHIMA NUNCA MÁS !!!
Vemos que no se definían como “objetores de conciencia” sino que luchaban por la “libertad de conciencia”; apelaban al “derecho” de la “familia” para impugnar el SMO y consolidaban su postura antibélica y pacifista. Ése era el trípode en el cual se asentaba la oposición al SMO. La idea de los organizadores era que se leyera la declaración del FOSMO y, luego de la música, hubiera cuatro expositores: un religioso, una mujer, un joven y un integrante de FOSMO. De esta manera, se daba cuenta de los distintos puntos de vista desde los cuales se cuestionaba la conscripción obligatoria. Luego se iban a tirar globos y una delegación iba a entregar la declaración al Congreso Nacional.17 El principal orador fue Eduardo Pimentel y fue, además, el encargado de presentar los principales puntos del petitorio que iban a presentar ante a la Cámara de Diputados y Senadores. Este petitorio incluía, además de la lucha por la “libertad de conciencia”, que la materia de DDHH fuera obligatoria en todos los institutos de formación de las fuerzas armadas, de seguridad y de inteligencia y que en todas las dependencias de esas fuerzas se exhibiera en lugares visibles la Declaración Universal de los DDHH:
“Estoy muy contento porque aquí en este lugar, debajo de las escalinatas donde se tiene que legislar las leyes que hacen a la convivencia del pueblo argentino, estamos reunidos nosotros para comentar, en un primer acto público, la obtención de esta ley del SMO para su anulación, cosas que la vamos a conseguir con nuestra lucha permanente (…)
Nosotros, este Frente de oposición al SMO, ha tomado como objetivo único la abolición del SMO. Y por varios motivos: uno de los porque con este SMO todavía se mantiene el Instituto de la esclavitud y eso no puede ser porque ha sido abolida. Nosotros queremos esta abolición porque queremos que se respete la Libertad de Conciencia, la Libertad de cada uno. La Libertad de los padres que han engendrado a los hombres, para educarlos conforme manda su conciencia y no como manda el político de turno; esto es real y esto es lo que yo exijo: ‘nadie, ningún instrumento, por más guerrero que sea, va a avasallarme mi Patria Potestad’ (…).
Hoy simplemente quiero dejarles mi emoción y en parte mi pensamiento. Quiero también decirles que estamos preocupados porque hoy tenemos los mismos militares que antes del 10 de diciembre y entonces señores nosotros tenemos una obligación como ciudadanos, (…) como padres tenemos una obligación, tenemos que educarnos, tenemos que educarnos nosotros y también tenemos que educar a las FFAA.
… este grupo de hombres y mujeres y familias que está aquí presente, en este primer acto histórico por la abolición del SMO, por terminar con la sacralización del militarismo para que la obligación ya no exista más y sí exista la vocación (…) por[que] la Obligación no sirve para nada y no seremos derrotados en las Malvinas.
Adiós señores, un abrazo grande, ¡Este grupo lo llevo en mi corazón, a todos!” 18
El 9 de agosto, tres días después del acto, a los 61 años falleció Eduardo Pimentel. Su hijo Pablo recuerda cómo vivió esos días:
“Mi viejo allá por el año 76, 75 lo operan: le sacan un tumor que era maligno. Entonces tuvo una serie de tratamientos con cobalto como terapia, y había quedado muy debilitado. Y le dijeron: ‘cuidáte, porque cualquier resfrío te puede joder mal’. A la vez que él nunca se cuidó de nada. (…) La cuestión es que ese día hizo un frío particular. (…) Y al otro día, no se sintió muy bien, se quedó [en su casa]. La cuestión es que el 9 a la mañana [voy] al taller que tenemos (…) porque sabía que no andaba bien, y bueno una gripe, una gripe y nada más. Me dijo: ‘no ando bien, así que tratá de ir vos a la reunión para evaluar lo del acto, porque yo no voy a poder ir, después me comentás’. Eso fue a las 10 de la mañana y bueno me voy y me acuerdo que me había pedido que pase por la APDH Nacional (…). A partir de ahí, X fue persona no grata para mi porque fue la que me dio la noticia. Identificás la persona con lo que te dice, bueno a mí me pasó eso, más allá de que después tuve otros dramas con ella. Pero fue la que me lo dijo. ‘Y –digo- ¿estas segura, vos? ¡Estas loca, vos!’. ‘Sí, acaban de decirlo, llamaron de la radio también’. (…) ‘Pará, pará, no te vayas solo que te acompaña uno de los chicos de APDH’. ‘No, no’. No quería saber nada, me fui, viste en ese momento, paré para ver si no se equivocaron, y paré ahí en Combate de los Pozos y la autopista para averiguar. Llamé a casa y hable con mi hermano y sí. Y bueno, me quería morir. Así que ahí, simbólicamente después pensando lo último que charlé con mi viejo lo que me dijo fue tomá y bueno, y lo cumplimos”.
En ese momento Pablo tenía 27 años y recuerda que “estaba en plena formación de mi familia” y de su propia “experiencia militante política” (“tenía una responsabilidad institucional orgánica” en el Movimiento de Juventudes Políticas, del ala Humanismo y Revolución dentro de la Democracia Cristiana). Sin embargo, junto con dos de sus hermanas “heredaron esa lucha a la que había que ponerle el pecho porque estaba recién forjándose”, sobre todo porque estaba en pleno proceso los juicios iniciados contra sus dos hermanos. Así se insertaron en el FOSMO: “Y, bueno, asistíamos a las reuniones y empezamos a también a aprender ese tema, porque el que sabía, el que tenia fundamento y toda una claridad era Eduardo Pimentel, nosotros éramos hijos, nada más”. Es decir, una lucha iniciada por un padre a favor de la “libertad de conciencia” terminaba heredada por tres de sus hijos.
En el Boletín del FOSMO de octubre de 1984 se despedía al dirigente y se prometía continuar con el camino que había iniciado el dirigente:
“Seguimos en el mismo sendero. Aquel que iniciara Eduardo Pimentel cuando se opuso a que dos de sus hijos se presentaran al llamado para la conscripción. Y seguiremos en ese mismo sendero. Aunque algunos piensen que Eduardo ya no puede guiarnos. Están equivocados. La verdadera guía es una idea, las generosas y justa ideas. Más allá de la muerte, vivirán. En aquellos que las hagan suyas, las desarrollen y nutran, las dignifiquen y las realicen. En este sentido, todos hemos sido sus hijos y lo seguiremos siendo”.
La muerte de conscriptos
Uno de los primeros integrantes del FOSMO era Eudoro Palacio, padre de Mario Daniel, un conscripto de la “clase” 64 que, a los 18 años, que había muerto el 24 de abril de 1983 en el Regimiento de Artillería de Los Polvorines. Las versiones oficiales - un comunicado del Ejército- hablaba de “un paro cardíaco no traumático por insuficiencia renal y hepática”, pero sus compañeros de instrucción contaban otra versión. En uno de los Boletines del FOSMO se narraba su historia:
“…murió tras sufrir una feroz paliza a manos de varios oficiales y suboficiales, haber sido torturado según declaraciones de testigos y no ser atendido médicamente. …. La historia de Mario Daniel se conoce por los de sus compañeros Hernán Mamani y Fabián Noceda, quienes razón de ellos recibieron amenazas uno y prisión el otro, hasta que se vieron obligados a desertar y exilarse en el exterior, siendo hoy ambos refugiados [en Brasil] (¡de la Argentina democrática!) reconocidos en su carácter de tales por las Naciones Unidas. Ninguno de los militares implicados en la muerte de Mario Daniel sufrió la mejor sanción, ya que jueces militares ‘no lograron establecer la relación entre los malos tratos y el fallecimiento del soldado’” (“La vida en un bolillero”, Publicación del FOSMO, julio 1986).
En reportajes, Eudoro recordaba las dificultades para seguir una batalla judicial para encarcelar a los responsables de la muerte de su hijo y el lugar que encontró en el FOSMO:
“Todavía no encontré ningún abogado que quiera tomar el caso, está claro que existe un temor latente en la justicia respecto de las FFAA. De todas maneras, y pese que en algunas oportunidades recibí amenazas, voy a seguir” (El Periodista, 29-5-86). “…durante este año han fallecido aproximadamente 30 soldados en cumplimiento del SMO, por supuesto que ninguno lo hizo en batalla. (…) Es desconcertante comprobar la falta de eco encontrado en las organizaciones defensoras de los DDHH. (…) La única institución que prestó ayuda solidaria fue el FOSMO (…). … se me ofreció abonarme el seguro y otra suma que doblaba el monto de éste para pagar el entierro, dinero que no acepté. El Gral. Martella – en ese momento Comandante de Institutos Militares- me ofreció lo que quisiera con la condición de que guardara silencio” (Síntesis, junio 1984).
Pablo recuerda cómo se sumó Eudoro al FOSMO – a partir de “su dolor” por la muerte de su hijo- y cómo emprendieron con Portillo, Palacios y Alfredo Grande una lucha para liberar a los testigos en la causa judicial donde se investigaba la muerte de Mario Daniel:
“Junto con él [Fernando Portillo] y con Euloro Palacios que es un tipo que (…) desde su dolor por lo que fue la pérdida de su hijo y él lo transformó en lucha y logramos sacar a pibes que estaban en la cárcel militar por objetores de conciencia. A pibes que habían atestiguado en el caso del hijo y que por atestiguar y decir la culpabilidad de Caride y demás lo metieron preso en la cárcel militar. Y ahí hicimos toda una tarea con un psiquiatra amigo que es un cuadro, Alfredo Grande (…). Él también se suma al FOSMO por su hijo mayor, que también se opone al SM, se suma al FOSMO, por su hijo mayor Con el lo fuimos a ver que estaba desequilibrado el chico F.L. un pibe que indudablemente lo que vio lo trastornó un poquito pero no estaba loco. Pero había que sacarlo de ahí, como sea. Se lo llevó con una orden psiquiátrica a un hospital público y le dijo a los milicos: (…) ‘Este chico no puede estar acá’ (…). Con una ambulancia se lo llevó al Borda, en el Borda pasó una semana y ahí logramos que se fuera a Brasil, ahí se escapó y hasta que pasaran algunos años”.
En un boletín del FOSMO, el padre de Mario Daniel llamaba a ejercer el derecho a la “libertad de conciencia”, para “salvar” los chicos de la posibilidad de que murieran durante la “instrucción” militar:
“El 31 de mayo se sortea tu clase. ¿Te has puesto a pensar que poco valor le dan a tu condición de ciudadano? Un sorteo, una bolilla puede decidir tu TODO o TU NADA. (…) Por eso quiero hablar ahora con ustedes, padres del futuro conscripto. Para que no les pase como a nosotros, que seguimos llorando nuestra desgracia. Para que a partir de ahora, la lucha que comenzamos unos pocos, para librar a otros muchachos, la tomen como suya, para salvar a su hijo, para que nunca tengan que llegar a darse cuenta del inmenso dolor que significa la muerte de un hijo en manos de otros hombres, porque eso puede hacer enloquecer. No nos dejemos engañar por falsas promesas. No sirve la reducción del tiempo de incorporación: en muy pocos días de ‘instrucción’ es cuando más torturas y malos tratos se producen. Con el SMO solo vale la ABOLICION. No debemos olvidar lo que les dicen a los colimbas: la Democracia está del alambrado para afuera” (“La vida en un bolillero”, Publicación del FOSMO, julio 1986).
Sin embargo, desde el Frente no se analizaba el caso de Mario Daniel en forma aislada sino que se insertaba en una denuncia más amplia acerca del funcionamiento rutinario y cotidiano del SMO. No eran ‘excesos’, la muerte de soldados conscriptos era cotidiana, natural(izada) y silenciada. En este sentido, el FOSMO planteaba que “el maltrato físico en el SM es la regla, y no la excepción, como algunos sostienen” y las muertes de soldados “pocas veces” se hacían públicas. Sin embargo, reiteraban el mismo argumento. No se trataba de “accidentes” o “defectos” (‘excesos’), sino del funcionamiento del “sistema”:
“Pero nadie podrá decirnos que son accidentes, ni que son defectos de un sistema que hay que corregir. Nosotros sostenemos que las muertes y todas las violencias son el fruto inevitable del sistema. El resultado inevitable de la necesidad de ‘doblegar’ a los adolescentes soldados para enseñarles ‘subordinación y valor’. El resultado inevitable que se produce cuando algunos chicos no aceptan la humillación o la violencia gratuitas o cuando simplemente, su cuerpo no resiste esa particular manera de ‘hacernos hombres’” (“La vida en un bolillero”, Publicación del FOSMO, julio 1986).
Es decir, en la búsqueda de construir cuerpos-conscriptos dóciles, había algunos que “no resistían”, soldados que no aceptaban la “humillación” y la “violencia gratuita”.
El Proyecto de Ley
Pese a este amplio debate, a la movilización del FOSMO y a las promesas electorales del radicalismo, entre 1983 y 1984 hubo pocos cambios en el funcionamiento del SMO. El jefe del Estado Mayor General del Ejército Jorge Hugo Arguindegui, adelantó que hasta el próximo año (1985) no se iban a encarar cambios en el SMO, aunque era un tema que estaban “estudiando a nivel conjunto, ya que afecta a las tres armas” (Clarín, 13-6-1984). En esta línea, el PE envió al Congreso un proyecto de ley que proponía una excepción al SMO en caso de que su cumplimiento fuera “incompatible” con “claros imperativos de conciencia de índole moral y religiosa”. El pedido de exención se debería tramitar ante la justicia ordinaria (no militar) y podría ir acompañado por un certificado entregado por la Secretaría de culto, fundamentando sus causas. En una audiencia -con testigos y un representante ministerial-, el juez dictaría sentencia en diez días y tendría en cuenta “convicciones”, “antecedentes”, estudios, informes psiquiátricos y psicológicos. La sentencia sería apelable y, hasta que el juez no se expidiera sobre el caso, el joven no tendría obligación de prestar al servicio militar. Los exceptuados iban a ser obligados a realizar una “prestación social sustitora”, no inferior a un año, coordinada por una comisión ad hoc. En los fundamentos del proyecto de ley se argumentaba a favor de este proyecto:
“… no hay razones para obligar a alguien a hacer algo que cree moralmente incorrecto. El gobierno considera entonces que cada individuo debe tener la posibilidad de actuar de acuerdo a sus propias convicciones morales, lo cual hará posible una comunidad de personas éticamente integras. (…) … la defensa nacional no se verá seriamente afectada porque un porcentaje limitado de ciudadanos se exima de la instrucción militar. (…) El servicio social alternativo permitirá que los objetantes satisfagan sus principios contribuyendo al bienestar general (Clarín, 22-4-85).
Acompañando la propuesta del PEN, el FOSMO remitió al Congreso un documento que contenía otro proyecto de ley sobre “objeción de conciencia”, basado en el análisis de la propuesta oficial. En la
Publicación del FOSMO de julio de 1985, planteaban que, “identificados con el espíritu” que animaba al proyecto oficial (al que le daban “nuestra más cálida adhesión”), presentaron una serie de sugerencias para la redacción final del proyecto de ley. Los integrantes del Frente argumentaban que la “objeción de conciencia” “no es ‘simplemente un estado de cosas moralmente valiosas’ (como dice el mensaje (…) que acompaña al proyecto) sino un estricto derecho moral de los ciudadanos, amparados por la Constitución y que en nada se contradice con la necesidad extrema de una eventual defensa que obliga por igual a todos dentro de sus capacidades”. Se observa una notable sistematización de los argumentos para oponerse al SMO y un refinamiento de la propuesta de “servicio civil”:
“La objeción de conciencia no pretende derogar el SM sino su obligatoriedad, al menos respecto de quienes la obligación de prestar este servicio les crea un grave conflicto de conciencia. Se trata de resolver situaciones subjetivas legítimas, que se encuentran amparadas en el espíritu de la Constitución, de la Declaración Universal de los DDHH y el Tratado de San José de Costa Rica, de los cuales es signatario nuestro país.
La objeción de conciencia no busca un privilegio, sino una justicia, el ejercicio de un derecho. No se trata de la dispensa de una carga pública, sino de la sustitución de su contenido. En cambio del Servicio de armas, un servicio civil no menos arduo, ya que nunca falta en nuestro país, como en cualquier nación del mundo, un campo que servir con una finalidad acuciante de bien común.
El reconocimiento de los derechos individuales consagrados en nuestra Constitución Nacional (…) no sólo defiende el derecho a la profesión del culto religioso, a la libertad de conciencia y a la propia ideología, sino también y sobre todo el derecho a regular la conducta personal de acuerdo a sus propias convicciones mientras no atenten contra el bien social. La ley 17.531, de SMO, más allá de lo que prescribe el art. 21 de nuestra Constitución Nacional, impone obligaciones militares cuyo cumplimiento efectivo es contrario a convicciones ideológicas, morales o religiosas de algunos ciudadanos. La ley de Objeción de Conciencia permitía subsanar esta contradicción reemplazando el SM por un servicio civil igualmente eficaz para servir a la Patria y proveer a la defensa común” (Publicación FOSMO Nro. 5, julio 1985).
Esta ley debería habilitar “la máxima amplitud en cuanto a las causales propuestas, la menor formalidad factible en el trámite procesal y la mayor garantía posible en la aplicación imparcial”. La “equiparación” de los dos tipos de servicios iba a evitar tanto “todo tipo de discriminación” como “toda medida que pueda aparecer como punitoria” por parte del personal militar. Por otro lado, iba a “asegurar (…) que no sea utilizada fraudulentamente para evadir deberes constitucionales”. De esta manera, la “objeción de conciencia” y el “servicio civil” “redundarán en beneficio de la comunidad social y de los mismos ciudadanos”.
En una entrevista al diario La Voz, el Ministro de Defensa, Horacio Jaunarena sentó la posición oficial del gobierno democrático: su ministerio buscaba encontrar una “solución lo más racional posible” al tema del SMO. Sin embargo, destacaba que desde 1983 se había reducido tanto la cantidad de soldados conscriptos en el conjunto de las fuerzas (de 70 a 35 mil) 23 así como la duración del período de “prestación”. En función de “una descompresión de la situación internacional porque ha disminuido la posibilidad de conflictos inminentes”, estas modificaciones “no significa[n] que caigamos en un estado de indefensión, pero si nos permite planificar de una manera mas ordenada y racional la defensa”. Sin embargo, se mostraba opuesto a la idea de un ejército integrado solamente por militares profesionales: “En una situación económica como la nuestra es muy difícil armar un conjunto de fuerzas armadas absolutamente profesionales. (…) en lo personal estimo que nuestro SM es susceptible de ser mejorado y que antes de pasar de un sistema a otro, es necesario hacer un buen análisis de costos de reclutamiento”.
Concluía la entrevista narrando su propia experiencia en el SMO “Realmente no tengo un mal recuerdo; al contrario, tengo un buen recuerdo. El SM para mí, aparte de cumplir con un deber, (…) me hizo tomar contacto con un corte vertical de la sociedad. (…) De todas maneras tengo un buen recuerdo, realmente. A veces quieren trascender los problemas que se plantean en el SM y no la normalidad que muchas veces implica la generalidad” “tenemos que mejorarlo, disminuir la accidentología, tenemos que bregar permanentemente para que el conscripto tenga una adecuada instrucción” (La Voz, 25-8-85).
Si bien el gobierno radical había enviado al Parlamento el 20 de agosto de 1984, cinco años después, en el Diario Nuevo Sur, se cuestionaba que el PE había optado por “congelar” cualquier modificación al SMO que pudiera “irritar” a las FFAA (Nuevo Sur, 27-10-1989). Esta situación era más paradójica aún: el 10 de marzo de 1988 el Estado Argentino había votado a favor de una resolución de la Comisión de DDHH de las Naciones Unidas que llamaba a los estados a que reconocieran la “objeción de conciencia” al SM como un “ejercicio legítimo del derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión” y recomendaba que elaboraran una ley de “objeción de conciencia” que incluyera formas de “servicio civil”. El FOSMO al mismo tiempo que publicitaba esta resolución, iluminaba el ‘doble discurso’ del gobierno argentino:
“¿Es sorprendente esta actitud que llama a respetar el derecho de objeción, mientras dentro del país se enjuicia a todos los que declaran rehusarse al humillante yugo de la conscripción? (…) Tal vez no tanto. Recordemos que en 1964 el mismo gobierno firmó el Pacto de San José de Costa Rica, que impone a los estados respetar la libertad de conciencia, y que envió al Congreso un proyecto de ley entonces, contemplando a los objetores… Claro que era una medida de publicidad internacional, porque al poco tiempo retiró el mismo de las Cámaras, sin que hubiera sido tratado en absoluto” (Publicación del FOSMO de abril de 1988).
Entre 1984 y 1989 se multiplicaron los proyectos para regular cambios en el SMO, pero todos tuvieron el mismo destino: fueron “congelados”. La iniciativa fue retomada por el diputado de la Democracia Cristiana Alberto Aramouni: presentó un proyecto de ley el 21 de junio de 1988 que contemplaba un “servicio social comunitario y alternativo” (en organismos oficiales, entidades vecinales, defensa civil y organismos de DDHH). Pero el proyecto fue resistido por las presiones desde el Ministerio de Defensa, que también impidió que fuera tratado el del justicialista Carlos Ruckauf de reducción temporal del SMO (Nuevo Sur, 27-10-1989). El Senador radical Antonio Berhongaray buscó conocer la posición del Ejército sobre un proyecto de ley de su autoría que permitiría exceptuar a los “objetores de conciencia”, pero no logró una respuesta oficial’ de de las autoridades militares. Sí obtuvo una respuesta no oficial y menos sutil. Según el diario Página 12, horas antes de que la Comisión de Defensa emitiera un dictamen sobre este proyecto, el teniente coronel Emilio Ricardo Degiampietro –“enlace” del Ejército con el Parlamento- se presentó en el despacho del legislador, con un informe “reservado” de tres carillas, sin firma y escritas a máquina sin membrete: “Me pidieron que se lo entregue, yo solo cumplo órdenes”, dijo el militar (Página 12, 30-9-89). El listado de argumentos contra quienes se oponían al SMO fue publicado parcialmente por el diario:
• Los argumentos pseudo religiosos que pretenden esgrimirse constituyen una falacia. (…)
• El cumplimiento de las obligaciones militares del ciudadano no solo no se opone sino que se concilia totalmente con la fe católica.
• La propuesta trasunta una actitud ideológica que conspira contra los intereses esenciales de la República.
• Desgraciados aquellos pueblos cuya conciencia social va siendo minada por ideólogos que, bajo supuesto pacifismo, tienen por finalidad desarmar material y espiritualmente a las sociedades para permitir su conquista por ideologías ateas y perversas que fomentan el desarme hacia fuera (…).
-El proyecto Ruckauf buscaba la reducción de los plazos de conscripción a 4 meses. Por su parte, el senador radical de La Pampa, Ricardo Felgueras proponía un período de 8 meses para los que desistieran del adiestramiento militar y reciban instrucción civil. María Julia Alzogaray, de la UCEDE, tenía un proyecto de reducción a tres meses y Alberto Aramouni de la DC analiza el reemplazo del sistema vigente por otro que permitiera optar a quienes no desearan cumplir con el SM con un estudio de defensa y promoción a la comunidad de organismos no dependientes de las FFAA (Página 12, “Exención del SM para familiares de desaparecidos”, sin fecha).-
• Sostener posturas que lleven a la indefensión nacional, particularmente si son propiciadas por legisladores nacionales, configurarían traición a la patria y un agravio a la memoria de todos los que dieron su sangre por ella.
• Deberíamos preguntarnos cuál habría sido la suerte de nuestra patria si sus mejores hijos, en las horas mas aciagas de la República, en que acudían a vencer o morir por ella, hubiesen permitido las objeciones de conciencia.
• Implicaría la supeditación de una obligación esencial e irrenunciable – el SMO- a una circunstancia absolutamente subjetiva (‘una supuesta profunda convicción religiosa, filosófica o moral’) y de imposible acreditación fáctica.
• A quienes propician las objeciones deberían recordárseles las palabras pronunciadas a Boadbil por su madre tras la caída de Granada en manos de las tropas cristinas por los reyes católicos (1492). ‘Llora como mujer lo que no has sabido defender como hombre’” (Página 12, 30-9-89).
Luego de leer el documento, el diputado se comunicó telefónicamente con el jefe del Ejército, Gral. Isidro Cáceres, “que diplomáticamente le informó que estaba en conocimiento del tema”. “¿Es la posición del arma?”, preguntó el diputado. “No oficialmente”, contestó.
Esta situación iluminaba la fuerte resistencia por parte de los miembros de la corporación militar a implementar cambios en el SMO y, en especial, que no estaban dispuestos a admitir la “objeción de conciencia” – como vía colectiva y política para evadir el SMO. Oponerse al SMO alegando razones “religiosas” era una falacia (era una “ideología atea y perversa”) de “imposible acreditación fáctica”; conspiraba contra los “intereses esenciales de la República” al “desarmar material y espiritualmente a las sociedades”; e implicaba impugnar una “obligación esencial e irrenunciable”.
Esta actitud defensiva nos muestra que los agentes de las instituciones estatales buscan a toda costa mantener sus privilegios, sus recursos, sus micro (y macro) poderes. Construyen territorios burocráticos cerrados sobre sí mismo y barreras frente a todo grupo o persona que amenace sus propósitos. Y, en este caso, apelan al lenguaje de género para impugnar las críticas y legitimar sus intereses: “Llora como mujer lo que no has sabido defender como hombre”. Mujer como signo de debilidad (que llora), hombre como ejemplo de guerrero (que sabe defender lo propio, frente a los extranjeros- enemigos).
Es decir, en este documento sentaban una posición institucional, aunque no oficial (sin membrete ni firma, pero con un autor colectivo bien definido): las autoridades militares no estaban dispuestos a aceptar canales autorizados por la justicia de evasión del SMO. Ello así porque la corporación militar había comprendido perfectamente que la lucha del FOSMO no cuestionaba “excesos” sino la lógica misma de funcionamiento de esta institución. Estos proyectos – que habilitaban la “objeción de conciencia”- ponían el jaque las prácticas, los discursos y los valores que cimentaban la institución militar, los privilegios y los poderes construidos a partir de la modernización del Ejército (y la adopción del SMO).
El “Caso Portillo”
Como ya hemos visto, el nacimiento del FOSMO supuso una serie de presentaciones de padres y madres que se oponían a que sus hijos cumplieran con el SM. Entre los primeros, Fernando Portillo, había intentado lograr la eximición del SM de su hijo, padre de Alfredo, invocando la “patria potestad”. Así contaba Fernando cómo habían tomado la decisión:
“Esa historia comenzó cuando mi hijo ingresó en la etapa previa al SM y un día me aseguró que no iba a presentarse, que se oponía, porque no estaba dispuesto a que le enseñaran a matar, que no tenía bien definido cómo iba a superar esa instancia, pero entre las posibilidades está irse definitivamente del país” (Revista Ahora, 4-5-89).
Según recordaba Fernando, se había enterado de que un amigo suyo, Eduardo Pimentel, había presentado un recurso para evitar que sus hijos cumplieran el SM y las dos familias se habían unido a un grupo de “mujeres” que desde 1982 “luchaban” contra el SMO. Así había nacido el FOSMO (que en1989 nucleaba más de 50 casos). Entonces envió una carta documento al presidente Raúl Alfonsín en la que justificaba la negativa a que su hijo cumpliera el SM:
“…nosotros no hacemos hincapié en el aspecto religioso, nuestro principio es de índole moral. Nos resistimos a que a nuestros hijos se los instruya en el uso de armas y se los prepare para matar al prójimo, sea cual fuera su religión. Por ese motivo nos basamos en los artículos 275 y 276 del Código Civil y que expresa claramente (…) que los hijos no pueden dejar la casa paterna para ingresar al SM sin la autorización de los padres. El siguiente expresa que si los hijos dejaran la casa paterna, se podrá recurrir a las autoridades públicas para su restitución. (…) [Ninguna de las leyes que regulaban el SMO] rectifican ni anulan el Código” (Revista Ahora, 4-5-89).
A partir de esa carta, se inició un largo derrotero administrativo, que incluyó una serie de respuestas-cartas, firmadas por autoridades civiles y militares, con tonos más o menos “amables”:
“A los seis meses, aproximadamente, (…) recibo una carta de su secretario privado [el del presidente] en la que se acusa recibo y da cuenta de que se notificó al ministro de Defensa (…) para que estudie la situación. En marzo de 1984, se reciben otras dos correspondencias, una a mi nombre, donde se me exhorta muy amablemente a dejar de lado la objeción y la restante a nombre de mi hijo, donde en términos menos cordiales se lo emplaza a presentarse en el Distrito Militar Buenos Aires, bajo pena de ser castigado con dos días de recargo por cada día no cumplido, hasta llegar a un año. (…) En ese momento me presenté yo y dialogué amablemente con el jefe del distrito. En la charla con el coronel, expuse los principios del pedido y llegamos a la coincidencia de que dentro de la estructura moderna del Ejército, no se justifica la participación de conscriptos” (Revista Ahora, 4-5-89).
Una vez comunicada esta decisión administrativa, el caso fue elevado a la justicia y cinco años después la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó sentencia: declaró que no existía fundamento constitucional para negarse a cumplir con el SMO, aún mediando “razones de conciencia o profunda convicción”, aunque reconoció el derecho a hacerlo sin el uso de las armas. No habilitaba la “objeción o libertad de conciencia” – como derecho constitucional- ni tampoco un “servicio civil”, pero sí la posibilidad de no instruirse militarmente. En este sentido, por mayoría de votos –tres contra dos- , dictó la sentencia: 28
“… al reconocer, como principio, el derecho de los ciudadanos a que el servicio de conscripción – artículo 21 de la CN- pueda ser cumplido sin empleo de armas, con fundamento en la libertad de culto y conciencia – artículo 14- derecho cuya extensión deberá ser determinada según las circunstancias de cada caso. (…) Asimismo también es conclusión de este Tribunal que, a la sola luz de la Ley Fundamental, no existe derecho, sobre la base indicada, para eximirle dicho servicio de conscripción”.
Fernando había declarado que profesaba la religión católica –junto a su familia- y que no estaba dispuesto a aprender a usar de armas que pudieran causar la muerte de otros “seres humanos” debido a que “viola el quinto mandamiento del Evangelio, que ordena ‘no matarás’”. Argumentaba además que se podía servir a la “patria” “de otras mejores formas”:
“… se puede servir a la patria de muchas oras maneras, no solo haciendo el SM sino cumpliendo un servicio Civil, (…) que no tiene vocación militar y que entiende que puede cumplir su obligación patriótica de otras mejores formas, como ser servicio sanitario, sociales, espirituales y cualquier que no requiera el uso de armas” (Clarín, 18-4-88).
Frente a esta postura, la Corte Suprema de Justicia resolvió que la obligación de contribuir a la “defensa de la nación” y de la Constitución Nacional “es una convocatoria a la defensa de las libertades e instituciones en aquella reconocida”. Por ello, la mayoría de los ministros de la Corte no consideraba válido invocar uno de los aspectos de esa libertad y, al mismo tiempo, “sustraerese de los medios por el que se garantiza el mantenimiento del derecho”. Mientras que reservaban al poder judicial la solución individual de tales problemas “caso por caso” (cuando eran formulados ante los tribunales en causas de su competencia), la “solución global” estaba en manos de los legisladores (La Prensa, 18-4-85). Esta decisión de la CSJN generó un intenso debate. Los padres de Alfredo se mostraban “disconformes” frente al fallo judicial:
“Estamos disconformes ya que creemos que en una sociedad civilizada no se puede obligar a nadie. (…) [En cambio] más beneficioso sería servir a la patria realizando un servicio asistencial que permita auxiliar al prójimo (…). Hacer el SM es objetable desde todo punto de vista, aunque se lo quiera disfrazar como un acto de servir a la patria (…). Nosotros proponemos un gran debate nacional, donde participen los distintos sectores involucrados (…) …la Cámara que falló en contra está integrada por la misma gente que juzgó a los comandantes y que marca diferentes posturas en distintas épocas. En este sentido, es llamativa la posición del juez Fernando Archimbal, quien actuando en la Cámara Federal de San Martín, ratifica la postura de los juez Gaynor y Ramos Padilla y absuelve del SM a los dos hijos de Pimentel, y en el caso de mi hijo juega una postura encontrada obligándolo a ponerse bajo autoridad militar. La Corte, por su parte, reconoce el derecho a objeción de conciencia, pero al mismo tiempo le fija un año de recargo por no haber cumplido con la obligación, como negándole un derecho a reclamo” (Ahora, 4-5-89).
Por su parte, el Dr. León Arslanián consideraba que este fallo “no podía poner de ninguna manera en crisis nuestro sistema de seguridad”. “Si las FFAA necesitan halcones, ¿vale la pena poner un fusil en manos de una paloma?”, se preguntaba el ex camarista (La Nación, 12-4-89). En cambio, un grupo de diputados nacionales proponían la promoción del juicio político a los ministros de la Corte Suprema de Justicia que habían votado a favor del fallo. En su presentación, los diputados Horacio Cambareri (Partido Renovador-Buenos Aires), Ezequiel Ávila Gallo (DP-BB-Tucumán) y Herminio Iglesias (PJ, Buenos Aires) cuestionaban que hubieran aceptado la “objeción de conciencia” y que en los considerandos del fallo “la sinceridad de peticionante no ha sido puesta en tela de juicio, ni resulta controvertir en esa instancia, por lo cual corresponde tenerla como acreditada” (La Prensa, 23-5-89). Y, tras destacar el fallo en disidencia, los legisladores recordaron la compatibilidad entre profesar la fe católica y cumplir el SMO, con citas del Papa Juan Pablo II: “Ciertamente no hay dificultad de fondo, una imposibilidad de juntar la vocación cristiana y la vocación al SM. Si se considera su naturaleza en sentido positivo, el SM en sí mismo es una cosa muy digna, muy bella y muy noble. El núcleo mismo de la vocación militar no es otro que la defensa del bien, de la verdad y, sobre todo, de los que son agredidos injustamente”. Acusaron a los ministros de “negligencia, desconocimiento y mala administración de justicia”: “Son tan inconsistentes, artificiosos e insinceros sus argumentos, que ellos nos llevarían a la falsa conclusión de atribuirles a los constituyentes de 1853 la voluntad de que se ejerza la defensa de la patria a través de mercenarios, por cuanto será imposible formar un ejército”.
El fallo no sólo recibió una gran difusión en los medios de comunicación, sino que despertó un gran descontento entre las autoridades militares. El jefe del Estado Mayor Conjunto, Brigadier General Guillermo Walter alertó al ministro de Defensa, Horacio Jaunarena: “dicha sentencia preocupa seriamente a este Estado Mayor Conjunto, por cuanto por la misma ha hecho prevalecer una libertad de carácter individual – concretamente la libertad de conciencia- por sobre el bien común general de la sociedad” y recomendó que “de repetirse causas en cadena como la citada podrá - en un futuro no muy lejano- verse afectado en medida considerable el SM que prestan los ciudadanos convocados de conformidad con la Ley 17.531”. Por último, solicitó al ministro de Defensa que se instruyera al Procurador General de la Nación, Andrés D’Alessio, para que en causas similares los fiscales “avoquen todos los medios necesarios y procesales para evitar la repetición de un fallo como el citado”. (Nota de Rodolfo Iribarne, Diario Ámbito Financiero, sin datos).
En esta misma línea, meses después del fallo, en julio de 1989 el Coronel Auditor Edgardo Semberoiz publicó un artículo en la Revista Militar titulado “Los objetores de conciencia”. En este trabajo, a partir de la reflexión sobre el fallo “sorprendente” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso de Alfredo Portillo que disponía “como principio” el derecho de los ciudadanos a cumplir el SM sin usar armas, el autor cuestionaba a quienes se “negaban a la obligación a armarse en defensa de la patria, fundados en el hecho de pertenecer a la religión católica”. Según argumentaban los “objetores”, la conscripción “podría llevarlos a infringir el mandamiento que ordena no matar”, basándose en la “libertad de cultos y de conciencia”. El Coronel Auditor, una y otra vez en el texto, consideraba que se “subordinaba la obligación de armarse en defensa de la patria por una libertad individual en detrimento del bien común de la sociedad”. En cambio, sostenía que “los derechos individuales (…) deben ser protegidos jurídicamente en tanto y en cuanto su ejercicio no afecte el bien común, el orden y la moral pública, asiendo así, estas exigencias deben ser privilegiadas en desmedro de ese derecho al que se restringe temporariamente”. Y se refería a los “objetores de conciencia” en términos de “desertores” que llevarían a la Nación a un verdadero estado de “indefensión absoluta”:
“Permitir que precedentes como los de este joven desertor (…) vayan ganando terreno en la justicia argentina puede llevar a sumir a los habitantes de la Nación – terceros afectados- en la indefensión más absoluta, provocando un grave perjuicio al orden y al bien de la comunidad, que no podrá ser atacada de los peligros externos o internos por un ejercito de jóvenes solo ‘armados’ con una sentencia judicial enrollada en su mano”.
Cuando sostenía que se trataba de evitar “precedentes” que pudieran tener un efecto multiplicador, reconocía que detrás de la lucha de Portillo había un movimiento político más amplio que buscaba modificar la regla (no lograr la excepción). Uno de los argumentos era que la instrucción militar para la “defensa” constituía un elemento importante que - junto con otros- cumplían el “fin de la disuasión” y contribuía a “desalentar agresiones o ataques de cualquier tipo”. “Podríamos decir que se enseña a los habitantes a usar las armas para evitar muertes y no para producirlas”, planteaba contra quienes invocaban el mandato bíblico de “no matarás”. A diferencia del resto de las “excepciones” previstas en la ley – “más precisas y fáciles de demostrar”-, en el caso de la “objeción de conciencia” “su legitimidad y constatación” “ni siquiera está reconocida legalmente”:
“Es que precisamente, no hay dudas de que cada vez que se plantee una objeción por razones religiosas habrá que valorar el contenido y alcance de tal fundamento, pues no es simple aceptar, sin más, como se hace en el caso, cualquier interpretación antojadiza de un texto bíblico”.
El autor planteaba que, a diferencia del “libre examen” de los “cultos protestantes”, en el caso de los “católicos” la “Palabra de Dios” debía ser “interpretada de acuerdo a los dictados de la Santa Doctrina”. En ese sentido, destacaba “una absoluta coherencia desde la antigüedad a la actualidad” que rechaza la argumentación sostenida por el “infractor”: “La Iglesia Católica explica claramente el mandamiento ‘no matarás’ y admite la existencia de la legítima defensa [“frente al injusto agresor”] y de la guerra justa que, obviamente, exige el uso de armas”. Por lo tanto concluía que:
“No es lógico, ni coherente, ni honesto, invocar a la Religión Católica para sustraerse de la obligación de empuñar las armas. (…) la Iglesia debería someter al peticionante a un Tribunal Eclesiástico a fin de proceder si ha violado las normas explícitas del Código Canónico e implícitas del dogma cristiano” (1989: 63-64).
29 Se presentaba a sí mismo como asesor jurídico del Estado Mayor Conjunto del Ejército, Profesor de la Cátedra de Derecho Internacional de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de La Plata y autor del libro “Derecho Internacional de Guerra”.
Y de esta manera, consideraba que el “sustento del criterio impuesto por la CSJ obedecía más a factores de orden político e ideológicos que a consideraciones jurídicas”.
A modo de cierre
En este trabajo hemos reconstruido una historia del FOSMO, una organización creada en 1983 para luchar contra la obligatoriedad del SMO y a favor del ejercicio de la “libertad de conciencia”. Mostramos cómo la decisión de Eduardo Pimentel de impedir que su hijo cumpliera el SMO (amparándose en el ejercicio de la “patria potestad”) fue la punta de lanza de un movimiento más amplio que fue construyendo una red de ciudadanos, padres, madres y jóvenes que se negaban a hacer el SMO. Y, al mismo tiempo, fue configurando un rico andamiaje conceptual, político y jurídico para impugnar el sistema de conscripción obligatoria y proponer como alternativa de la implementación de un “servicio social”. Si bien se basó originalmente en razones morales y religiosas, los argumentos contra la obligatoriedad del SM se fueron enriqueciendo y se sumó, a la lectura cristina de la violencia, la defensa de la familia y de la autoridad del padre, una serie de argumentos anti-bélicos y pacifistas y se apeló al lenguaje de derechos humanos. Sin embargo, la apelación a la justicia ordinaria (no militar) (para evitar que fueran castigados, extraerlos del ámbito militar y sentar precedentes) fue una estrategia común.
También hemos visto que, gracias a esta experiencia, se expandió el universo de temas y problemas que la agenda de derechos humanos debía incorporar, analizar y volver legítimos para la sociedad en un contexto de post-dictadura. De esta manera, el FOSMO impugnó activamente la lógica de funcionamiento que atravesaba a la conscripción: demostró que entraña un corpus de prácticas violentas que lejos de ser excesos, organizaban la vida al interior de los cuarteles, y tenían efectos en la sociedad argentina (la militarizaban). A partir de historizar su origen y funcionamiento, mostraban que habían “nacionalizado” a los grupos subalternos a través de una serie de prácticas disciplinantes y de la inculcación de una moral masculina bélica. En los cuarteles – espacios donde el ordenamiento jurídico se suspendía- los conscriptos eran privados de sus derechos, sometidos, docilizados. Su cuerpo era objeto de violencia y ello habilitaba que la muerte de soldados conscriptos fuera cotidiana, natural(izada) y silenciada.
La lucha del FOSMO fue duramente resistida debido a que impugnaba una institución naturalizada en la socialización de los jóvenes (y sumamente significativa en la construcción de masculinidad). Su crítica se centraba no en las ‘fallas’ del sistema sino las lógicas de funcionamiento, los valores y las prácticas que lo organizaban. En este sentido, la lucha del FOSMO hacía peligrar arriesgaba el dispositivo por excelencia del poder militar para moldear a la juventud (para la producción en serie de “hombres” argentinos – de “ciudadanos”). Esto hace inteligible la fuerte resistencia en la implementación de una ley que previera la “objeción de conciencia” o incluso frente a la posibilidad de realizar el SM sin usar armas.
Este trabajo termina sin narrar el caso del asesinato del soldado Omar Carrasco, el acontecimiento paradigmático que derivó en la abolición* del SMO. Nuestra hipótesis es que para que este suceso se convierta en un acontecimiento (en el caso paradigmático que pudo terminar con un sistema de conscripción obligatoria) fue condición de posibilidad el trabajo colectivo de un movimiento heterogéneo que impugnó a partir de 1983 las prácticas violentas que entrañana la conscripción. Este activismo en contra el SMO había ‘preparado el terreno’ para volver inteligible este caso paradigmático de violencia estatal.

Nota de Redacción: * Hace referencia a "suspensión" del S.M.O.

FOSMO Frente Opositor al Servicio Militar Obligatorio


Por Paula Pimentel* especial para Derogacion del SMO.


El 31 de agosto de 1994 tenía 9 años, y recuerdo con alegría ese día, cuando el Servicio Militar Obligatorio fue suspendido. Era una parada importante en un camino que no hemos terminado de recorrer.

Por esas jugadas del tiempo que a veces dan bronca, no conocí a mi abuelo Eduardo. Él se iba y yo estaba por llegar. Pero supe, desde antes de tener memoria, que fue un valiente gigante. Lo conozco desde sus hijos, desde mi papá, desde otros luchadores que tuvieron el placer de conocerlo. Escuché a Madres contar que en las marchas en tiempos de dictadura, se sentían seguras porque mi abuelo iba con ellas, del brazo y adelante. 

A. P. Esquivel, L. Farinello,Eduardo Pimentel, J. Novak.
Supe que fue el primer padre en oponerse al Servicio Militar Obligatorio. Era 1982 y el tipo le mandó una carta documento al entonces presidente de facto, Reynaldo Bignone. Amparado en la patria potestad, se negó a que mi tío hiciera la colimba. Era el primero de los hermanos varones que salía sorteado para alejarse un año de su casa y aprender a manejar armas de guerra, para correr, barrer y limpiar a gusto y placer de los militares. “Los educamos bajo los valores de la paz y el amor, y le quieren enseñar a matar”, era el razonamiento tan simple y lógico de mis abuelos. 

Eduardo se plantó frente al regimiento donde habían llevado a uno de sus hijos, los medios no tardaron en llegar, el hombre de barba blanca comenzaba una huelga de hambre. Finalmente mi tío fue declarado como “no apto” para hacer la colimba.

Ese acto disparatado y valiente generó revuelo. Y el revuelo más lindo fue el Frente Opositor al Servicio Militar Obligatorio (FOSMO), donde padres con los mismos cuestionamientos que mis abuelos, comenzaron a juntarse y pensar formas de cambiar la obligatoriedad del SMO. 

Porque nadie se opone a la vocación de un hombre o mujer que elige la carrera militar, el asunto es obligar a los que no lo sienten. A eso se oponían. Mi abuelo dejó sus últimas fuerzas en un acto frente al Congreso. Era 6 de agosto y hacía mucho frío. Tres días más tarde, a los 61 años, murió. Seis meses después nacía yo.

Mi abuelo comenzó un camino que luego de su partida, siguió adelante. Pablo Pimentel, el mayor de sus hijos varones y mi padre, que ya acompañaba la militancia de Eduardo, siguió con el FOSMO, entre otros tales como Fernando Portillo, Alfredo Grande, y tantos padres que se fueron sumando a ese grito de “libertad de consciencia”.
Los recuerdo reunidos en casas viejas de la Capital Federal, con pisos de madera que sonaban mientras yo recorría indagando el edificio.Eudoro Palacios, ese padre que perdió a su hijo Daniel en abril del ’83, mientras hacía la colimba. No sólo les enseñaban a matar, cuando querían también los mataban. En la historia de Daniel se basó un capítulo de la miniserie Sin Condena, esa que cerraba con el Himno interpretado por Charly.

Festivales, actos, notas en diarios, radios y tv, una remera del FOSMO que tenía un casco tachado con el logo de prohibido, manifestaciones frente a cuarteles, eran cosas habituales en mis días de niña. Nueve años tenía y recuerdo que estaba junto a mi abuela, esposa de Eduardo, cuando vimos la noticia. “El SMO es suspendido, y será voluntario”. No me acuerdo exacto, pero dijo algo de su amado Eduardo. Y festejamos.

Fue una parada importante en el camino, pero hay que recordar que en 1901, el entonces presidente Julio Argentino Roca, promulgó la ley 4.301, comenzando con el SMO en nuestro país. Seis décadas más tarde, el gobierno de Onganía Lanussemodifican la ley del genocida Roca poniendo en vigencia la que rige en nuestros días, la ley 17.531. Así como teníamos una ley de radiodifusión de la dictadura (1981) y se decidió de manera acertada modificarla, sepamos que tenemos una ley de otra dictadura (1967) que descansa en la Constitución argentina. Que ante cualquier conflicto interno y/o externo, básicamente una guerra, o cuando lo crea necesario el Estado, puede terminar con la suspensión del SMO y convocar a jóvenes de 18 años a realizar la colimba.

Por eso, apoyo con plena convicción la derogación de la ley 17.531. A los 18 años los chicos comienzan a vivir, a elegir, a buscar. Alejarlos de los suyos y encerrarlos en un cuartel por un año me parece una locura, y cuesta comprender cómo la sociedad argentina naturalizó por tantos años el SMO; y más cuesta entender, cómo está vigente la misma ley. “Si Menem -se dice- lo suspendió”, propongamos entonces a este gobierno que lo termine. Y si no, al siguiente.

Pasaron 18 años desde la suspensión del SMO, desde el asesinato del soldado Carrasco en Zapala; 18, como la edad de los chicos obligados a hacerlo. Pongamos en debate si es necesario mantener con vigencia esta ley. 

Muchos creen que el SMO fue abolido, comencemos aclarando esta confusión. No fue así.

Por los soldados torturados y asesinados en los cuarteles, por los pibes de Malvinas, por los objetores de consciencia, por los que fueron obligados y no querían hacerlo, por los padres que se opusieron, y por nuestros hijos, terminemos con la ley del Servicio Militar Obligatorio.

* Paula Pimentel es Periodista y militante por los Derechos Humanos, nieta de Eduardo Pimentel, uno de los creadores de la A.P.D.H. e hija de Pablo Pimentel quien preside la A.P.D.H. La Matanza